Servicio Canario de Empleo
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 11 DE JULIO DE 2022, DE LA PRESIDENTA, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON EL EMPLEO PARA EL EJERCICIO 2022.
OBJETIVO:
realización de acciones combinadas de empleo y formación dirigidas a las personas desempleadas inscritas en el SCE, tienen como finalidad el desarrollo de oportunidades de empleo y formación mediante la realización de un trabajo efectivo en un entorno real, que permite adquirir formación y experiencia profesional dirigida a la adquisición de competencias profesionales de las personas destinatarias.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
entidades que dispongan de la capacidad técnica y de gestión suficiente, y que sean competentes para la ejecución de las obras o la prestación de los servicios de utilidad pública e interés social a desarrollar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias:
Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos, de la Administración del Estado y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de Canarias, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción del empleo, dependientes o vinculadas a las Corporaciones Locales, cuya titularidad corresponda íntegramente a las mismas, incluidas las sociedades mercantiles locales.
Universidades de La Laguna y de Las Palmas de Gran Canaria.
Consorcios dotados de personalidad jurídica a que se refieren los artículos 118 de la LRJSP y el artículo 87 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Corporaciones de Derecho Público.
Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro radicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Los miembros asociados de la entidad beneficiaria que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán igualmente la consideración de beneficiarios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley General de Subvenciones.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
El número de personas destinatarias de cada proyecto será de 15.
La duración de cada proyecto será de 11 meses y 15 días.
La fecha límite de inicio de los proyectos es el 1 de abril de 2023.
El periodo a tener en cuenta a efectos de determinar la inserción como requisito del proyecto,
para programar idéntica acción formativa principal que en años anteriores de acuerdo con lo establecido en el apartado 6 de la base decimoquinta, es el ejercicio 2017. Se entenderá incumplido el requisito de inserción cuando no se alcance la inserción mínima de 5 personas
participantes por cada proyecto de idéntica acción formativa en ese periodo.
Los colectivos prioritarios serán:
• Jóvenes demandantes menores de 30 años
• Demandantes desempleados de larga duración (a efectos de estos indicadores, se entiende por parado de larga duración al demandante inscrito un mínimo de 12 meses, continuados o no, dentro de un periodo de 18 meses, y que cumple esta condición en cualquier
momento del periodo de referencia, aunque se hubiera inscrito antes).
• Demandantes mayores de 45 años.
• Perceptores de prestaciones preferentemente durante el periodo de cobro de la prestación.
• Personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
Los PFAE incluirán un plan formativo que deberá ajustarse necesariamente a una de las siguientes opciones:
Opción 1:
• El itinerario completo de un Certificado de Profesionalidad de Nivel 1.
• Formación de apoyo para la superación de las pruebas de Competencias Clave de nivel 2.
Opción 2:
• El itinerario completo de un Certificado de Profesionalidad de Nivel 2.
• Se podrá impartir formación de apoyo para la superación de las pruebas de Competencias
Clave de nivel 3.
Para aquellas personas que hayan accedido al programa a través de la superación de las pruebas
de competencias clave, se podrán organizar programas específicos con el fin de proporcionarles
una formación básica que les permita incorporarse a la vida activa o proseguir sus estudios en las
distintas enseñanzas reguladas en la normativa educativa.
Opción 3:
• El itinerario completo de un Certificado de Profesionalidad de Nivel 3
Cuando se presenten o existan ya dos o más proyectos que coincidan en parte o en su totalidad
en las mismas instalaciones acreditadas, se deberá indicar el horario en el que se desarrollará el
proyecto. Se establecerá como hora mínima de comienzo de la actividad las 7:30 h. y como hora
máxima de finalización de la jornada las 21:00 h.
FINANCIACIÓN:
De acuerdo con lo establecido en el apartado 1 de la base vigésimo segunda, el importe del módulo económico por plaza es el siguiente: veintiún mil cuatrocientos veinticinco euros con sesenta y siete céntimos (21.425,67 euros). El cálculo del importe del módulo económico se ha realizado tomando como base los costes de proyectos en los que los contratos de formación en alternancia con el trabajo y los realizados para la contratación del equipo del proyecto sean a tiempo completo, por lo que no se admiten proyectos con contratos de duración parcial.
El importe diario del módulo económico por plaza es de sesenta y cuatro euros con noventa y tres céntimos (64,93 euros).
De acuerdo con lo establecido en el apartado 2 de la base vigésimo segunda, la cuantía máxima para el desarrollo de un PFAE resultante del producto entre el número de plazas, por el importe del módulo económico previsto en el apartado anterior asciende a: trescientos veintiún mil
trescientos ochenta y cinco euros con once céntimos (321.385,11 €)
Debido a que la duración de los proyectos puede abarcar dos o más ejercicios económicos, el
importe del módulo económico podrá incrementarse, al objeto de actualizarlo al SMI y las cuotas
patronales vigentes, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los ejercicios
2023 y 2024.
Se podrá conceder un máximo de 3 subvenciones por municipio, excepto en aquellos cuyas cifras
de personas desempleadas superen los siguientes umbrales (datos tomados del OBECAN a mayo
de 2022):
• Para aquellos municipios cuya cifra de personas desempleadas sea igual o superior a
1.000 e inferior a 2.000 se podrá aprobar hasta un máximo de 4 proyectos.
• Para aquellos municipios cuya cifra de personas desempleadas sea igual o superior a
2.000 e inferior a 3.000 se podrá aprobar hasta un máximo de 5 proyectos.
• Para aquellos municipios cuya cifra de personas desempleadas sea igual o superior a
3.000 se podrá aprobar hasta un máximo de 6 proyectos.
Con objeto de garantizar el principio general de que estas políticas de empleo lleguen
a todas las personas desempleadas del territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias,
se asigna al menos un proyecto por cada una de las siete islas mayores, independientemente del número de personas desempleadas existente en cada una de ellas. Ello supone un total de trescientos veintiún mil trescientos setenta y cuatro euros con veintinueve céntimos (321.374,29 €) por isla, importe máximo del coste subvencionado de un
proyecto.
Una vez descontado el importe que resulte de la aplicación del criterio anterior, el
importe restante se distribuirá proporcionalmente entre las islas en función de las cifras de
demandantes de empleo desempleados del colectivo al que va dirigido este tipo de proyectos que residan en cada una de ellas. Teniendo en cuenta el importe que le corresponda a
cada isla y el coste máximo de cada proyecto, se le asignarán los proyectos que correspondan hasta el límite de dicho importe. Para el cálculo de la misma se toma como referente los datos oficiales a mayo de 2022, hechos públicos por el OBECAN.
Finalmente, y con el fin de no alterar la proporción entre proyectos y número de personas demandantes de empleo desempleadas, una vez asignados los proyectos según los
criterios anteriores, el importe restante que resulte de los remanentes en cada isla constituye una bolsa común, que se distribuye atendiendo a la prioridad del remanente más alto;
es decir, se asignan los proyectos, en primer lugar, a la isla que después de aplicar el criterio anterior resultó con un remanente mayor.
Tras aplicar los criterios de reparto anteriormente indicado, las plazas y proyectos que se
asignan a cada una de las islas, son las siguientes
Tenerife: 46 proyectos
La Palma: 5 proyectos
La Gomera: 2 proyectos
El Hierro: 1 proyecto
Gran Canarias: 45 proyectos
Lanzarotes: 6 proyectos
Fuerteventura: 5 proyectos
ENLACES DE INTERÉS:
EXTRACTO DE CONVOCATORIA
BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES
DOCUMENTOS DE LA CONVOCATORIA
Corrección errores Convocatoria PFAE 2022 F y R.pdf
INCREMENTO DE CRÉDITO