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FONDO DE INNOVACIÓN PROYECTOS A PEQUEÑA ESCALA

InformaciónTramitaciónNormativa

Comisión Europea


 

CONVOCATORIA DE PROPUESTAS 2020 - FONDO DE INNOVACIÓN PROYECTOS A PEQUEÑA ESCALA

 

OBJETIVO:


apoyar proyectos que demuestren tecnologías, procesos o productos altamente innovadores, que sean lo suficientemente maduros y tengan un potencial significativo para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero

ofrecer apoyo financiero adaptado a las necesidades del mercado y los perfiles de riesgo de los proyectos elegibles, al tiempo que atrae recursos públicos y privados adicionales.

complementar la convocatoria de proyectos a gran escala apuntando a proyectos de menor escala, ofreciendo así otra oportunidad, en particular para las pequeñas y medianas empresas de tener su proyecto apoyado.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


personas jurídicas;

• pertenecer a una de las siguientes categorías: entidades privadas, entidades públicas u organizaciones internacionales;

• ser directamente responsable de la ejecución y gestión del proyecto cuando proceda conjuntamente con otros solicitantes, es decir, no actuar como intermediario.

El número mínimo de solicitantes es uno.

Las solicitudes pueden ser presentadas por un consorcio de personas jurídicas que actúen conjuntamente. En el caso de una solicitud de un consorcio de personas jurídicas, la financiación se adjudica al consorcio, que se encarga de la ejecución del proyecto.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


actividades que apoyan la innovación en tecnologías y procesos con bajas emisiones de carbono en los sectores enumerados en el Anexo I de la Directiva ETS de la UE, incluida la captura y utilización de carbono ambientalmente seguro (CCU) que contribuye sustancialmente a mitigar el cambio climático, así como a los productos que sustituyen los intensivos en carbono

actividades que ayudan a estimular la construcción y operación de proyectos que apuntan a la captura ambientalmente segura y al almacenamiento geológico de CO 2 (CCS), actividades que ayudan a estimular la construcción y operación de tecnologías innovadoras de energía renovable y almacenamiento de energía.

En el marco de esta convocatoria sólo pueden acogerse a los proyectos con un gasto total de capital de entre 2.500.000 y 7.500.000 euros.

a) el proyecto debe llegar al cierre financiero tan pronto como sea posible y no más tarde de cuatro años (48 meses) después de la firma de la subvención;

FINANCIACIÓN:


El importe máximo de la subvención se fija para cada proyecto sobre la base del cálculo de costes pertinente realizado de acuerdo con la metodología descrita en la sección 8.5 y cubre hasta el 60 % de los costes pertinentes de los proyectos.