Cabildo Insular de Tenerife
EL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE TENERIFE, EN SESIÓN CELEBRADA EL 20 DE MARZO DE 2018, ACORDÓ LA APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO QUE HABRÁ DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN EN EL MARCO DEL PLAN DE ACCIÓN POR EL EMPLEO DE TENERIFE “CONTRATACIÓN INDEFINIDA”
OBJETIVO:
contratación indefinida a jornada completa de personas en
situación de desempleo y especialmente, de aquellos colectivos con mayores dificultades para la
inserción laboral.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrá ser beneficiaria cualquier persona física (autónomos/as) o entidad mercantil con o sin
personalidad jurídica propia, con capital íntegramente privado, legalmente constituida, que tenga
Centros de Trabajo en la isla de Tenerife para la contratación de personal que desempeñe sus tareas
en esos Centros de Trabajo y que cumplan el resto de requisitos exigidos en estas Bases.
No podrán obtener la condición de beneficiarios
No podrán ser beneficiarias de la presente subvención las empresas en quienes concurra alguna de
las circunstancias siguientes:
a) Haber disminuido la plantilla media en el periodo de los 12 meses anteriores a la publicación
de la convocatoria con respecto a los 12 meses anteriores a dicho periodo.
b) No podrán ser beneficiarias las empresas que durante los 12 meses anteriores a la
convocatoria hayan extinguido contratos indefinidos con despido nulo, despido por causas
objetivas, despido improcedente o despido colectivo.
c) Las empresas calificadas como Empresas de Trabajo Temporal
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Los contratos para ser subvencionados han de ser indefinidos a jornada completa y haberse
realizado en el periodo establecido expresamente en cada convocatoria.
Se subvencionará un máximo de 7 contratos en cada convocatoria por una misma empresa o grupo
de empresas vinculadas.
En caso de que la empresa solicitante o empresas que tengan vinculación con ésta, hayan obtenido
subvención en la convocatoria inmediatamente anterior, sólo podrán subvencionarse una cantidad de
contratos igual a la diferencia entre el máximo subvencionable en cada convocatoria y el número de
contratos que obtuvieron subvención en la convocatoria anterior
En los supuestos de baja voluntaria, no superación del periodo de prueba o despido por causas
disciplinarias de alguna de las personas cuyo contrato haya sido subvencionado, deberá ser
sustituida por otra persona que reúna las condiciones para ser subvencionado, así como las tenidas
en cuenta para la concesión de la subvención. Esta nueva contratación ha de realizarse en los 30
días siguientes a la fecha de la baja. Tanto las bajas que se pudieran producir como las nuevas
contrataciones han de ser comunicadas a FIFEDE en el plazo de 15 días naturales a contar desde la
fecha en que se produzca el hecho.
En el caso de tener que sustituir a la persona inicialmente contratada, esta otra deberá permanecer
en la empresa, igualmente un mínimo de 12 meses.
El número máximo de sustituciones por cada contrato subvencionado será de 1.
Las personas que se contraten deberán necesariamente ser demandantes de empleo inscritas en el
SCE y llevar en situación de desempleo1 más de tres meses antes de la formalización del contrato.
Además, deberán haber residido en la isla de Tenerife en los 12 meses anteriores a la fecha de
publicación de la convocatoria.
FINANCIACIÓN:
El importe de la subvención será de 5.000,00 € por cada contrato indefinido a jornada completa. En el
caso de contratos indefinidos celebrados con “demandantes de primer empleo” o “desempleados/as
de larga duración, entendiendo como tal, aquellas personas que hayan estado en situación de
desempleo por un periodo superior a 1 año o que en el último año hayan trabajado menos de tres
meses de forma discontinua”, el importe de la subvención se incrementará en 1.000 €
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de solicitudes se determinará en cada convocatoria.
ENLACES DE INTERÉS:
El modelo de solicitud y las Bases se encuentran a disposición de los interesados en la Web de
FIFEDE (www.fifede.org).
BASES REGULADORAS