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FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN

InformaciónTramitaciónNormativa

Cabildo Insular de Tenerife

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA FUNDACIÓN INSULAR PARA LA FORMACIÓN, EL EMPLEO Y EL DESARROLLO EMPRESARIAL (FIFEDE) DE FECHA 19 DE JULIO DE 2016, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN EN EL MARCO DEL PLAN DE ACCIÓN POR EL EMPLEO DE TENERIFE​

OBJETIVO:

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La concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas a financiar parte de los costes salariales y cuota empresarial a la Seguridad Social en que incurran las empresas de la isla de Tenerife por efectuar nuevos contratos, por un período mínimo de 3 meses y con una jornada laboral no inferior a 20 horas semanales, a personas que desarrollen sus tareas en centros de trabajo ubicados en esta isla, siempre que estos contratos se formalicen con personas en situación de desempleo.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

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Cualquier entidad mercantil con personalidad jurídica propia, ya sea física o jurídica, con capital íntegramente privado, legalmente constituida y que tenga Centros de Trabajo en la isla de Tenerife para la contratación de personal que desempeñe sus tareas en esos Centros de Trabajo.

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Deberán cumplir el requisito de haber iniciado su actividad empresarial antes de la presentación de su solicitud.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

Podrá ser subvencionado cualquier modalidad de contratación laboral practicada (excepto el contrato para la formación y el aprendizaje y el fijo-discontinuo).

Sólo serán subvencionables los nuevos contratos formalizados con personas en situación de desempleo y que sean realizados en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el mes posterior a la publicación del acuerdo de concesión en el tablón de anuncios de FIFEDE (www.fifedetfe.es).

En ningún caso se considerará nueva contratación cuando se constate la existencia de un vínculo laboral, en los tres meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria y/o los tres meses anteriores a la celebración del contrato, entre la empresa que solicite la subvención y la persona que se quiere contratar.

Los contratos han de tener una duración mínima de tres meses y una jornada laboral mínima de 20 horas semanales. Cuando se trate de contratos indefinidos estos deberán permanecer en la empresa al menos por un periodo de seis meses

FINANCIACIÓN:

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Un máximo de 700,00 € por cada mes y persona contratada mediante contrato de duración determinada, hasta el máximo de 4 meses de coste salarial y Seguridad Social (2.800,00 €) siempre que el coste aludido alcance un importe igual o superior a dichos 2.800,00 €.

En el caso de que los contratos sean a jornada parcial, el importe de la subvención será proporcional al número de horas semanales.