Cabildo Insular de Tenerife
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA FUNDACIÓN INSULAR PARA LA FORMACIÓN, EL EMPLEO Y EL DESARROLLO EMPRESARIAL (FIFEDE) DE FECHA 19 DE JULIO DE 2016, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN EN EL MARCO DEL PLAN DE ACCIÓN POR EL EMPLEO DE TENERIFE
OBJETIVO:
La concesión, en régimen de concurrencia competitiva,
de las subvenciones destinadas a financiar
parte de los costes salariales y cuota empresarial a la
Seguridad Social en que incurran las empresas de la
isla de Tenerife por efectuar nuevos contratos, por un período mínimo de 3 meses y con una jornada laboral
no inferior a 20 horas semanales, a personas que
desarrollen sus tareas en centros de trabajo ubicados
en esta isla, siempre que estos contratos se formalicen
con personas en situación de desempleo.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Cualquier entidad mercantil con personalidad
jurídica propia, ya sea física o jurídica, con capital
íntegramente privado, legalmente constituida y que
tenga Centros de Trabajo en la isla de Tenerife para
la contratación de personal que desempeñe sus tareas
en esos Centros de Trabajo.
Deberán cumplir el requisito de haber iniciado su
actividad empresarial antes de la presentación de su
solicitud.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Podrá ser subvencionado cualquier modalidad de
contratación laboral practicada (excepto el contrato
para la formación y el aprendizaje y el fijo-discontinuo).
Sólo serán subvencionables los nuevos contratos
formalizados con personas en situación de desempleo
y que sean realizados en el periodo comprendido
entre el 1 de enero de 2016 y el mes posterior a la
publicación del acuerdo de concesión en el tablón de
anuncios de FIFEDE (www.fifedetfe.es).
En ningún caso se considerará nueva contratación
cuando se constate la existencia de un vínculo laboral,
en los tres meses anteriores a la fecha de publicación
de la convocatoria y/o los tres meses anteriores a la
celebración del contrato, entre la empresa que solicite
la subvención y la persona que se quiere contratar.
Los contratos han de tener una duración mínima de
tres meses y una jornada laboral mínima de 20 horas
semanales. Cuando se trate de contratos indefinidos
estos deberán permanecer en la empresa al menos
por un periodo de seis meses
FINANCIACIÓN:
Un máximo de 700,00 € por cada mes y persona
contratada mediante contrato de duración determinada,
hasta el máximo de 4 meses de coste salarial y
Seguridad Social (2.800,00 €) siempre que el coste
aludido alcance un importe igual o superior a dichos
2.800,00 €.
En el caso de que los contratos sean a jornada parcial,
el importe de la subvención será proporcional
al número de horas semanales.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de solicitudes será desde
el día siguiente al de la publicación de este extracto
en el BOP de Santa Cruz de Tenerife y hasta el 15
de septiembre de 2016.