AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE LA SUBVENCIÓN DESTINADA AL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD CULTURAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE CULTURA PARA EL EJERCICIO 2020
OBJETIVO:
El objetivo prioritario de estas subvenciones es facilitar a los beneficiarios la realización de sus propuestas,
financiando la producción, difusión, diseño o creación de actividades y eventos culturales que se consideren de
particular interés, contribuyan a la consecución del equilibrio en la oferta cultural del municipio de Santa Cruz
de Tenerife.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
• Empresas privadas, trabajadores autónomos y empresarios individuales que realicen actividades de carácter
cultural.
• Particulares, Fundaciones y Asociaciones Culturales, dotadas de personalidad jurídica propia, sin ánimo de
lucro, que realicen actividades de carácter cultural.
Quedan expresamente excluidas de la presente convocatoria las siguientes Fundaciones y asociaciones:
Deportivas, Educativas, Juveniles, de Alumnos, de Padres y Madres de Alumnos, Formativas y Docentes, de las
Bandas de Música, de las Asociaciones folclóricas, de los Centros y Asociaciones de Iniciativas Turísticas, Las
asociaciones de Vecinos, y todas aquellas Fundaciones y Asociaciones que no incluyan en sus estatutos de
manera expresa actividades relacionadas con la cultura. Asimismo quedan expresamente excluidos aquellos
posibles beneficiarios de la subvención que habiendo transcurrido los plazos legalmente otorgados, tengan
pendiente justificar pagos de subvenciones concedidas con anterioridad por este Excmo. Ayuntamiento, a la
fecha de cierre de la presente convocatoria.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Cada solicitante podrá presentar una única solicitud referida a un único proyecto, en esta convocatoria y por
tanto sólo podrá recibir una ayuda.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Solo serán subvencionables las actuaciones realizadas dentro del año 2020.
Apoyo a eventos Culturales (festivales, ciclos, exposiciones)
Apoyo a centros artísticos y culturales y artes escénicas (Programación cultural escénica/
espaciosfísicos escénicos)
Apoyo a eventos culturales (festivales, ciclos, exposiciones) en el medio rural
FINANCIACIÓN:
Importes máximos: Apoyo a eventos Culturales (festivales, ciclos, exposiciones)............. 16.000 euros
Importes máximos: Apoyo a centros artísticos y culturales y artes escénicas (Programación cultural escénica............. 8.000 euros/
espaciosfísicos escénicos)
Importes máximos: Apoyo a eventos culturales (festivales, ciclos, exposiciones) en el medio rural.............5.000
euros
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Las solicitudes se deberán presentar acompañadas de la documentación especificada en estas Bases en el
Registro del Organismo Autónomo de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, sito en la
Calle Marcos Redondo, nº 2, Santa Cruz de Tenerife, de lunes a viernes, de 8:30 a 13:30 horas.
También podrá presentarse en los demás lugares que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En casos de los envíos por correo, se debe justificar la fecha de imposición del envío y anunciar al Registro del
Organismo Autónomo de Cultura, dentro del mismo día, tal circunstancia, mediante e-mail
mtabrod@santacruzdetenerife.es o pgarsan@santacruzdetenerife.es)
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente a que se de
publicidad del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
La iniciación del procedimiento se efectuará de oficio, mediante convocatoria aprobada por el órgano
concedente (Consejo Rector del OAC), y el procedimiento será único. La convocatoria del procedimiento se
publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, en el Tablón de Anuncios de la
Corporación y demás medios de difusión que se consideren adecuados (web municipal)