Cabildo Insular de Tenerife
SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA DE TENERIFE PARA LA REALIZACIÓN DE LAS FERIAS MUNICIPALES DE ARTESANÍA, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2021.
OBJETIVO:
Organización por los Ayuntamientos, de Ferias
Municipales de Artesanía que se celebren en la isla
de Tenerife durante el ejercicio presupuestario 2021,
como medida de fomento y promoción de la
comercialización de la producción artesana local.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Los Ayuntamientos de la Isla de Tenerife que habrán
de reunir a la finalización del plazo de presentación
de solicitudes, los requisitos establecidos en el artículo
13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Para tener la condición de Feria de artesanía el
evento habrá de cumplir los siguientes requisitos de
los establecidos en la base 2.2 de las reguladoras.
- La celebración del evento se programará de forma
independiente, como actividad específica de promoción
y apoyo a la comercialización de los productos
artesanos. La Feria habrá de desarrollarse a lo largo
de al menos un día, contabilizándose un mínimo de
6 horas por jornada.
- El lugar elegido será un recinto propiamente dicho
o, en su defecto, un espacio perfectamente delimitado que reúna satisfactorias condiciones de acceso,
aparcamiento, baños públicos y servicios a los artesanos.
- Los artesanos expositores habrán de estar en
posesión del carné que les acredita como tales,
expedido por el Cabildo de Tenerife y en vigor. Tal
participación significará la presencia de un mínimo
de 30 expositores.
- Al menos un 25% de los expositores habrán de
ser artesanos cuya actividad se corresponda con
alguno de los oficios considerados como tradicionales.
- En ningún caso la participación de artesanos de
oficios tradicionales puede exceder el 60% del total,
salvo que el evento dedique un monográfico destinado
a la promoción de una de las modalidades recogidas
como tradicionales.
- La Feria puede contemplar la organización de un
monográfico sobre un determinado oficio o contenido
que permita asociar diversas modalidades artesanas
en función de sus técnicas, usos o materias primas;
para lo cual habrá de contabilizarse al menos 8
expositores de idéntica modalidad artesana o 15
cuando la agrupación responda a otros criterios
justificados.
- Queda excluida cualquier participación no artesana,
salvo que se trate de producción autóctona relativa a
la repostería (dulce, turrones y licores), no pudiendo
en ningún caso superar el 10% del total de expositores
presentes en la feria, y siendo ubicada en una zona
claramente diferenciada del resto de expositores.
- El espacio destinado a exposición y venta constará
de puestos individualizados, perfectamente delimitados,
cuya superficie sea no inferior a los 4 m2 y
convenientemente rotulados.
- La publicidad del evento requerirá, como mínimo,
un cartel anunciador donde se haga constar el patrocinio
del Cabildo Insular de Tenerife, en los supuestos en
que el evento no se haya realizado con anterioridad
a la notificación del correspondiente acuerdo de
concesión.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
- Infraestructura del recinto ferial, entendiéndose
como tal la construcción (cuando no tienen carácter
permanente) o alquiler de los stands donde habrán de
ubicarse los artesanos expositores y del alquiler del
mobiliario de aquéllos
Publicidad y papelería, que contemplará el diseño,
impresión y difusión del cartel anunciador y otro
material gráfico relativo a la feria, la confección de
pancartas y contratación de cuñas publicitarias del evento
- Seguridad o vigilancia del Recinto durante los días
de celebración de la Feria, en horario nocturno,
exclusivamente para aquellos eventos de más de un
día de duración
FINANCIACIÓN:
El porcentaje de subvención a conceder por el
Cabildo Insular de Tenerife no podrá superar el 50%
de los gastos susceptibles de subvención, estableciéndose
como límites máximos por conceptos los siguientes,
siendo el total máximo de la subvención a conceder
de 6.250,00 euros