Cabildo Insular de Tenerife
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS EMPRESAS PRIVADAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS
QUE COADYUVEN AL ESTABLECIMIENTO DE POLÍTICAS EFECTIVAS DE IGUALDAD DE GÉNERO EN EL ÁMBITO LABORAL
OBJETIVO:
coadyuvar, mediante la contratación de agentes de igualdad,
al
establecimiento de políticas efectivas de igualdad de género en el ámbito empresari
al a través de proyectos
puestos en marcha por empresas de la Isla
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
empresas
de capital estrictamente privado
que cumplan los siguientes requisitos:
1.
Estar legalmente constituidas
con una antigüedad mínima de tres (3) años
y
debidamente inscritas
en el correspondiente Registro Público.
2.
Tener sede
y ámbito de actuación en la isla de Tenerife
Quedan expresamente
excluidas
de las subvenciones reguladas en estas bases:
-Las personas físicas.
-Las entidades que formen parte del sector público, tal y como aparecen defin
idas en el artículo
3 de la Ley 9
/2017, de 8 de noviembre,
apartados 1, 3, 4 y 5
,
de Contratos del
Sector Público.
-Asociaciones que ejerzan regularmente actividad económica
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Comenzar su ejecución en el presente año natural.
2.
Contar con un plazo máximo para l
a realización de la actividad objeto de financiación de doce (12)
meses
a contar desde el inicio del proyecto, que podrá haber comenzado desde el 1 de enero de
2018.
3.
Ser viable económicamente. La viabilidad económica se acreditará por medio de un presupue
sto de
gastos e ingresos equilibrado,
precisando en el apartado de ingresos la cantidad solicitada al
Cabildo de Tenerife
.
Quedan
excluidos
expresamente de estas subvenciones los siguientes programas o actividades:
1.
Actividades con ánimo de lucro.
2.
Actividades no relacionadas con
la realización de proyectos que fomenten la igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres y la participación social de las mujeres en el ámbito laboral
a través de medidas de acción positiva o medidas de carácter transversal
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Únicamente se consideran gastos subvencionables aquellos que deriven de la contratación laboral, o de la
pres
tación de servicios profesionales, de personas que
cuenten con los siguientes requisitos
de formación y
experiencia
:
1.
-
Formación
: Estar en posesión de alguna titulación de las siguientes:
•
Master y/o experto universitario de carácter oficial en política
s de igualdad y/o violencia de género.
•
Cursos Superiores en género con duración de,
al menos
,
240 horas.
•
En caso de no
cumplir ninguna de las dos condiciones anteriores
,
contar con
formación específica
en género e igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres bajo la modalidad de “cursos”,
realizada en organismos oficiales, mínima de 240 horas en las distintas materias de género.
2.
-
Experiencia
: Deberá contar con
experi
encia laboral, o práctica, en proyectos en materia de igualdad de
oportunidades en
tre mujeres y hombres, o de similar naturaleza.
En ningún caso el coste de
dicha contratación
podrá ser superior al valor del mercado.
Serán gastos subvencionables:
1.
Gastos de personal laboral: se incluirán los gastos derivados de la contratación ya se
a de forma fija
o temporal. Se incluyen salarios y seguros sociales. No se incluyen penalizaciones o
compensaciones por incumplimiento del contrato achacables a la beneficiaria de la subvención ni
recargos por impago o retrasos en impuesto
s retenidos o seg
uridad social.
2.
Servicios profesionales: entendiendo por tales los requeridos por el proyecto para la realización de
asistencias técnicas, personal para la formación u otras necesidade
s contempladas en el proyecto,
qu
e no impliquen relación laboral
y que s
ean desempeñadas por
personas con los requisitos
anteriormente especificados en la presente base
FINANCIACIÓN:
La subvención a otorgar podrá alcanzar hasta un máximo de 10
.000
€
por proyecto.
Solo se podrá presen
tar
un único proyecto por empresa.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El procedimiento de concesión se iniciará de
oficio mediante convocatoria pública aprobada por el órgano
competente y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia
30 de abril 2018