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ERASMUS +, ACCIÓN CLAVE 1

InformaciónTramitaciónNormativa

Comisión Europea

Erasmus +, ACCIÓN CLAVE 1

Movilidad de las personas en el ámbito de la educación y la formación entre entiedades de diferentes Estados de la Unión Europea

OBJETIVO:

La movilidad de los educandos y del personal: oportunidades para que los estudiantes, estudiantes en prácticas, jóvenes y voluntarios, así como los profesores universitarios o de otros niveles, formadores, trabajadores en el ámbito de la juventud, personal de instituciones educativas y organizaciones de la sociedad civil emprendan una experiencia de aprendizaje o profesional en otro país

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

De la presentación y la gestión de los proyectos Erasmus+ se encargan las organizaciones participantes que representan a los participantes. Cuando se selecciona un proyecto, la organización participante que ha presentado la solicitud se convierte en beneficiaria de una subvención Erasmus+. Los beneficiarios firman un convenio de subvención o reciben una decisión de subvención que les da derecho a recibir apoyo financiero para la realización de su proyecto (no se ofrecen convenios de subvención a participantes individuales). Algunas acciones del programa también están abiertas a grupos informales de jóvenes.

Los participantes:

La movilidad de un participante sólo será posible a un único país de destino. Las entidades beneficiarias deberán dar prioridad en la selección a personas que no hayan disfrutado previamente de una movilidad dentro del conjunto de ayudas posibles de Erasmus+, en respeto al principio de igualdad de oportunidades en el acceso a una subvención.

La selección y la preparación adecuada de los participantes es clave para el éxito de sus estancias y del proyecto. Una selección deficiente puede dar lugar a problemas como abandono de la estancia en el país de origen, previo a la salida, e interrupciones de estancias una vez en destino.

Participantes potenciales:

Estudiantes de Formación Profesional de Grado Medio, de Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño de Grado Medio y de Enseñanzas Deportivas de Grado Medio. Igualmente alumnos de Programas de Cualificación Profesional Inicial o Formación Profesional Básica, y los alumnos de Casas de Oficio y Escuelas Taller. Aprendices y profesionales que reciben formación profesional inicial basada en un aprendizaje alterno o de formación trabajando en empresas. Estudiantes de Formación Profesional para el Empleo cursando módulos conducentes a Certificados de Profesionalidad, niveles I y II.

Profesionales de formación profesional (profesores de FP de grado medio, formadores, personal de formación profesional, orientadores laborales, responsables de los centros de formación, de la planificación de la formación, orientación ocupacional con empresas, etc.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

Proyectos de movilidad de 14 días a 12 meses: estudiantes para prácticas en empresas y para formación y/o prácticas en centros de Formación Profesional

Proyectos de movilidad de 2 días a 2 meses: profesionales para enseñanza y con fines de formación

GASTOS SUBVENCIONABLES:

El período de elegibilidad de gastos y actividades comienza y termina en las fechas indicadas en el Convenio de Subvención.

La subvención Erasmus+ no está concebida para cubrir la totalidad de los costes de movilidad, por lo que se recomienda que los beneficiarios busquen fuentes de cofinanciación.

Gastos elegibles:

•Apoyo Organizativo de la movilidad:

•Información y asistencia al personal;

•Selección del personal para las actividades de movilidad;

•Acuerdos de organización con las instituciones asociadas (en particular, en caso de aprendizaje por observación y docencia);

•Preparación de acuerdos de movilidad que garanticen la calidad y el reconocimiento de las actividades de movilidad;

•Preparación lingüística e intercultural para el personal móvil;

•Preparación de disposiciones eficientes de tutoría y supervisión del personal móvil;

•Apoyo a la reintegración de los participantes móviles y al uso de las competencias que acaban de adquirir para mejorar la calidad de las disposiciones de enseñanza y aprendizaje de la organización de educación de adultos.

•Apoyo lingüístico de los participantes (sólo para estudiantes cuya estancia sea superior a 30 días).

•Apoyo a necesidades especiales.

•Viaje.

•Apoyo Individual (Alojamiento y manutención).

•Costes excepcionales (colectivo con menores oportunidades).

En el Artículo I.3.2 del Convenio se establecen las transferencias posibles entre partidas presupuestarias que no precisan enmendar el Convenio. Así se establecen en sus distintos apartados:

a) El beneficiario está autorizado a transferir hasta el 100% de los fondos de Apoyo Organizativo de la Movilidad a Gastos de Viaje y a Manutención;

b) El beneficiario está autorizado a transferir fondos de cualquier otra categoría presupuestaria a Apoyo a Necesidades Especiales, aunque inicialmente no se hubiera previsto financiación para Necesidades Especiales tal como se especifica en el Anexo II;

c) El beneficiario está autorizado a transferir hasta el 50% de los fondos previstos para Apoyo Lingüístico a Gastos de Viaje y a Apoyo Individual de los estudiantes

d) El beneficiario está autorizado a transferir hasta el 100% de los fondos previstos para Viaje y Apoyo Individual de Personal a financiar los Gastos de Viaje y Apoyo Individual de estudiantes.

e) El beneficiario está autorizado a transferir hasta el 100% de los fondos previstos para Viaje y Apoyo Individual de estudiantes en centros educativos a financiar los Gastos de Viaje y Apoyo Individual de estudiantes en empresas.

FINANCIACIÓN:

La subvención finalmente elegible se establece con respecto al número de participantes, países finales de destino y a la duración real de las estancias teniendo en cuenta las normas aplicables al cálculo de la subvención que figuran en los Anexos I y II del Convenio

La subvención para la gestión del proyecto se determina en función del número real de participantes. NO es necesario justificar esta partida en el Informe Final, ya que queda justificada por el número de movilidades reales realizadas, es decir, no es necesario adjuntar ninguna factura de los gastos realizados en este concepto. Los beneficiarios pueden imputar visitas a socios y empresas, por ejemplo, a esta partida: 350€ (1-100 participantes) y 200€ (>100 participantes)

Apoyo lingüístico: 150€/ participante

Los gastos de viaje se definen como el coste total del desplazamiento en el día en que tiene lugar el viaje desde España hasta el país de destino. Los gastos de un viaje han de incluir todos los gastos y medios de transporte del punto de origen al de destino y viceversa y pueden incluir tasas de visados, seguros de viaje y costes de cancelación.

Esta partida podrá financiar los costes de viaje calculados sobre la base de los costes unitarios, que comprenden una cantidad variable, dependiendo de la banda de distancia, por participante o acompañante

Pago de la subvención:

Contratos de un año: 80% a la firma del mismo y 20% restante en el momento de la justificación del proyecto