Cabildo Insular de Tenerife
SUBVENCIÓN PARA LA FINANCIACIÓN DE ACCIONES DE DINAMIZACIÓN COMERCIAL A DESARROLLAR EN LOS NÚCLEOS URBANOS DE LA ISLA DE TENERIFE, 2016
OBJETIVO:
subvenciones destinadas a financiar acciones de dinamización comercial que tienen por objeto reforzar la competitividad del tejido comercial ubicado en núcleos urbanos residenciales de la isla de Tenerife
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Los Ayuntamientos de la isla de Tenerife o agrupaciones de éstos, siempre que se trate de Ayuntamientos limítrofes
Las Asociaciones Empresariales de Pequeñas y Medianas Empresas Comerciales minoristas de la isla de Tenerife
Las Federaciones o Confederaciones de Asociaciones Empresariales de Pequeñas y Medianas Empresas Comerciales Minoristas en que se integren las asociaciones de la isla de Tenerife
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
• Elaboración de Guías o Mapas de la oferta comercial de las Zonas Comerciales o núcleos urbanos que se pretenden dinamizar comercialmente, siempre que, como mínimo, recojan 40 establecimientos comerciales, además de otros tipos de actividades empresariales.
• Acciones de dinamización comercial, que pueden ser:
-Acciones de animación comercial: jornadas, seminarios, cursos de formación dirigidos a comerciales, rutas de la tapa, ferias de saldos, etc.
-Prestación de servicios a los clientes: cuidado de niños y niñas durante las compras, servicio de reparto de compras, etc.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
-Los gastos - los desembolsos monetarios necesarios para acometer los costes directos de ejecución de una actividad
-En el caso de las actividades de animación, se considerará subvencionable la contratación de actuaciones musicales o artísticas, así como de imagen y sonido junto a otros gastos tales como alquileres de carpas, impresión de cartelería, dípticos y folletos, honorarios de ponentes, etc.
-Los gastos considerados subvencionables han de materializarse en el período comprendido entre los días 1 de enero y 31 de diciembre del año en que se efectúe la convocatoria.
FINANCIACIÓN:
máximo el 95% de los gastos elegibles