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CREACIÓN Y MANTENIMIENTO DE GABINETES TÉCNICOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y ASESORAMIENTO

InformaciónTramitaciónNormativa

Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad


ORDEN DE 19 DE SEPTIEMBRE DE 2022, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR PROYECTOS PARA LA CREACIÓN Y MANTENIMIENTO DE GABINETES TÉCNICOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y ASESORAMIENTO DE LA PREVENCIÓN DE LA COVID-19 EN CANARIAS, ANUALIDAD 2022.

EXTRACTO DE LA ORDEN DE 19 DE SEPTIEMBRE DE 2022, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR PROYECTOS PARA LA CREACIÓN Y MANTENIMIENTO DE GABINETES TÉCNICOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y ASESORAMIENTO DE LA PREVENCIÓN DE LA COVID-19 EN CANARIAS, ANUALIDAD 2022.

OBJETIVO:


Concesión de subvenciones a proyectos en materia de prevención de riesgos laborales para minimizar el impacto de la COVID-19 en las empresas de Canarias.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Las organizaciones sindicales, las organizaciones empresariales sectoriales e intersectoriales y las asociaciones de trabajadores autónomos que ejerzan su actividad en la Comunidad Autónoma de Canarias.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


1. Se considerarán actividades subvencionables las siguientes:

a) Asesoramiento y asistencia técnica telemática, telefónica o presencial a las empresas.

b) Formación.

c) Documentación técnico-divulgativa

GASTOS SUBVENCIONABLES:


A. Gastos subvencionables en proyectos de asesoramiento:

Para todos los servicios de asesoramiento y asistencia técnica se admitirá la imputación de la jornada máxima anual de al menos un Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, o titulación equivalente.

Retribuciones del personal que realice los servicios de asesoramiento y asistencia técnica destinados al desarrollo del proyecto, deberá acreditar que el personal es destinado de forma expresa para el proyecto y justificar su necesidad en la memoria del proyecto.

En estos proyectos, el personal técnico superior en Prevención de Riesgos Laborales, o con titulación equivalente, podrá ser auxiliado en una proporción horaria correspondiente al 20% de su jornada asignada al proyecto de asistencia técnica, por personal administrativo o personal técnico, en tareas que estén directamente relacionadas con el asesoramiento.

Los servicios de asesoramiento y asistencia técnica realizarán actuaciones tendentes a publicitar el mismo entre sus destinatarios a través de campañas de comunicación en los soportes que se estimen más adecuados, y que deberán ser previstos en las propias solicitudes. El importe de estas actividades no podrá superar el 10% del presupuesto total del proyecto.

B. Gastos subvencionables en proyectos de formación:

1. Serán subvencionables los siguientes gastos:

• Gastos de personal docente, el tope máximo subvencionable por este concepto, será el importe resultante de multiplicar 50 euros por el número de horas de duración del curso.

• Otros gastos que, en su conjunto, no sobrepasarán los 35 euros por alumno:

- Material de oficina.

- Seguros de accidentes y de responsabilidad civil, con cobertura para toda la duración de la acción formativa (si fuese presencial).

- Material didáctico entregado al alumnado y necesario para la formación (incluido equipo de protección individual).

- Diplomas.

C. Gastos subvencionables en la documentación técnico-divulgativa:

Serán subvencionables los gastos de elaboración, impresión y difusión de folletos, carteles, trípticos, libros, mailing en materia de prevención de riesgos laborales.

Para la justificación de la documentación técnico-divulgativa que se elabore/actualice a cargo de la subvención deberá indicarse:

- Horas del personal técnico empleadas en la elaboración de la documentación, en su caso.

- Horas del personal técnico empleadas en la actualización de la documentación, en su caso.

- Ejemplar de la documentación.

- Número de ejemplares impresos a cargo de la subvención.

Estos gastos no podrán superar el 20% del importe total de la subvención.

FINANCIACIÓN:


Solamente podrá ser objeto de subvención, un proyecto de los presentados por cada una de las entidades u organizaciones solicitantes. Cada proyecto será subvencionado con una cantidad máxima de cuarenta mil (40.000,00) euros y con un mínimo de diez mil euros (10.000,00) euros.