Comisión Europea
CONVOCATORIA DE PROPUESTAS 2019 - REDUCIR EL DESEMPLEO JUVENIL: CREAR COOPERATIVAS PARA MEJORAR LAS OPORTUNIDADES DE TRABAJO EN LA UE 303-G-GRO-PPA-19-11225
OBJETIVO:
mejorar el desarrollo de las cooperativas y promover la imagen de las cooperativas entre los jóvenes. Busca integrar la educación empresarial cooperativa tanto en la educación secundaria y superior como fuera del entorno educativo.
La Comisión desea apoyar proyectos que sean innovadores en su enfoque y transnacionales y que se implementen con una clara intención de replicarse. Los resultados deben compartirse públicamente y estar disponibles para cualquier actor interesado en el modelo de negocio cooperativo y la capacitación empresarial.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Son elegibles las solicitudes de entidades legales establecidas en uno de los siguientes países:
Estados miembros de la UE.
Varios solicitantes que presenten una propuesta conjunta deben elegir entre ellos una organización líder,
referido como el coordinador. El coordinador y sus socios deben cumplir los mismos criterios de elegibilidad.
La participación de una entidad como coordinador o socio en más de una propuesta o en más de
un tema no está permitido
Las solicitudes deben ser presentadas por entidades públicas o privadas, en consorcios compuestos por al menos tres (3) entidades diferentes de al menos tres (3) Estados miembros diferentes, preferiblemente de partes de Europa con diversidad económica, social y cultural. Implicación de las organizaciones juveniles en los proyectos.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
TEMA 1: impartir cursos piloto de formación para estudiantes de secundaria / educación superior
TEMA 2: Talleres a través de Europa para compartir conocimientos y aprender de los profesionales (“capacitar a los formadores”)
TEMA 3: Fomentar la mentalidad empresarial de los jóvenes para crear cooperativas fuera del entorno educativo.
Duración máxima de los proyectos: 18 meses
GASTOS SUBVENCIONABLES:
(a) los costos del personal que trabaja bajo un contrato de trabajo con el beneficiario o un equivalente
acto de designación y asignado a la acción, siempre que estos costos estén en línea con la política habitual de remuneración del beneficiario.
(b) los costos de viaje y las dietas relacionadas, siempre que estos costos estén en línea con los
las prácticas habituales del beneficiario en los viajes;
(c) los costos de depreciación del equipo u otros activos (nuevos o de segunda mano) como se registra en el
estados contables del beneficiario
(d) Costos de consumibles y suministros.
(e) los costes derivados directamente de los requisitos impuestos por el Acuerdo (difusión de información,
Evaluación específica de la acción, auditorías, traducciones, reproducción)
(f) Costes derivados de subcontratos.
Los costos indirectos elegibles deben declararse sobre la base de una tarifa plana del 7% del total de los costos directos elegibles
A menos que se especifique lo contrario en el Artículo I.3.2 del acuerdo de subvención.
FINANCIACIÓN:
Tasa máxima de financiación de la UE de los costes subvencionables: la contribución será de hasta el 90% del coste total subvencionable de la acción
Número indicativo de subvenciones: 3 a 5 proyectos por TEMA (dependiendo del nivel de contribución total).
Contribución máxima de financiación de la UE por proyecto: 215 000 €
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Tenga en cuenta que la fecha límite para la presentación electrónica es el 25 de junio de 2019 a las 17.00 horas (hora de Bruselas).