Servicio Canario de Empleo
BASES REGULADORAS DEL PROGRAMA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN LABORAL EN PRÁCTICAS DE PERSONAS DESEMPLEADAS, PREFERENTEMENTE DE PRIMER EMPLEO, DENOMINADO "NUEVAS OPORTUNIDADES DE EMPLEO", CON VIGENCIA LIMITADA HASTA EL EJERCICIO 2021.
OBJETIVO:
favorecer la contratación laboral, en la modalidad contractual de prácticas, de personas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo en el SCE, favoreciendo con ello la lucha contra el desempleo y la inserción socio-laboral de las personas desempleadas, al mismo tiempo que contribuirá al desarrollo de proyectos de interés general por parte de las entidades públicas beneficiarias.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán ser beneficiarios de la subvención regulada en estas bases los Cabildos Insulares y/o las entidades de derecho público, dependientes o vinculadas a las mismas, que contraten trabajadores desempleados bajo la modalidad contractual de contrato en prácticas, que deberá ser suscrito de conformidad con la normativa aplicable.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
El presente programa está destinado a personas demandantes de empleo inscritas como desempleadas en el SCE, preferentemente de primer empleo, que estuvieren en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional. Para la contratación de estas personas tendrá que suscribirse un contrato en prácticas. La entidad beneficiaria indicará las ocupaciones entre las que se seleccionarán las personas candidatas.
Entre la celebración del contrato, y la terminación de los referidos estudios, no podrán haber transcurrido más de cinco años, o siete cuando el contrato se concierte con una persona con discapacidad, desde la terminación de los estudios.
Tendrán prioridad para participar en este programa las personas demandantes de empleo desempleadas que, cumpliendo los requisitos anteriores, estén buscando su primer empleo.
Los proyectos a subvencionar tendrán una duración total de 13 meses subvencionables, desde la comunicación de su inicio por parte de la entidad beneficiaria
GASTOS SUBVENCIONABLES:
a. Respecto de los tutores o tutoras del proyecto, serán subvencionables sus costes laborales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos en la cuantía fijada según el convenio colectivo vigente, por el tiempo estimado de duración de su cometido (2 meses), así como la indemnización por finalización del contrato, en el caso de que la modalidad de contratación elegida así lo prevea.
b. Respecto de las personas desempleadas a contratar en prácticas, la retribución en ningún caso debe ser inferior al 60 por ciento durante el primer año, del salario fijado en convenio colectivo para un trabajador o trabajadora que desempeñe el mismo puesto de trabajo u otro equivalente, según Convenio Colectivo de aplicación, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos, que se generen durante el periodo de 12 meses subvencionable máximo de contratación en prácticas, a través de este programa. En el caso de los contratos en prácticas, la normativa que lo regula no prevé indemnización a la finalización de la duración pactada.
FINANCIACIÓN:
El importe de subvención a conceder por el SCE será del 88% del coste subvencionable, considerando que para ser subvencionable el coste de un trabajador o trabajadora, este o esta tiene que haber participado en el proyecto un período mínimo de seis meses, excepto que abandone el proyecto por haber conseguido una colocación, fin último de una política de empleo, en cuyo caso su coste será subvencionable, en las condiciones previstas en el resuelvo decimocuarto.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de solicitudes será el que se determine en la respectiva convocatoria, cuyo extracto se publicará en el Boletín Oficial de Canarias (en adelante BOC).