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CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD MARINA EN ESPAÑA 2020

InformaciónTramitaciónNormativa

Fundación Biodiversidad

RESOLUCIÓN 24 DE ENERO DE 2020 DE LA DIRECCIÓN DE LA FUNDACIÓN BIODIVERSIDAD, F.S.P., POR LA QUE SE APRUEBA LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE AYUDAS, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD MARINA EN ESPAÑA

OBJETIVO:

Ayudas para la ejecución de proyectos que creen conocimiento, contribuyan a la gestión o mejoren el estado de conservación del medio marino de competencia estatal.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

a) Las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro de ámbito estatal o comunitario. Deberán tener sede en España, estar legalmente constituidas e inscritas en el registro nacional correspondiente. Se incluyen en esta categoría las entidades inscritas en el registro regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.

b)Los organismos públicos de investigación.

c)Las universidades públicas.

d)Los colegios profesionales de ámbito nacional.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

proyectos que creen conocimiento, contribuyan a la gestión o mejoren el estado de conservación del medio marino de competencia estatal, comprendiendo las Áreas Marinas Protegidas, el dominio público marítimo-terrestre estatal, el mar territorial, la zona económica exclusiva en el Atlántico y Cantábrico, la zona de protección pesquera del Mediterráneo y a la plataforma continental, incluida la plataforma continental ampliada que España pueda obtener en aplicación del procedimiento previsto en el artículo 76 de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, y a las aguas costeras en aquellos aspectos no previstos en los planes hidrológicos de cuenca

El plazo de ejecución de los proyectos será como máximo de 2 años, prórrogas incluidas. En el caso de los proyectos relativos al Objetivo 3.17 del PNEPNB, la duración de los proyectos no podrá exceder del 30 de junio de 2022. Como máximo, se admitirá para su evaluación dos propuestas por entidad solicitante.

FINANCIACIÓN:

El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta El importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 70% del total del presupuesto del proyecto presentado. En el caso de las entidades del sector público usceptibles de ser beneficiarias, la cofinanciación de los proyectos no podrá superar el 50%.

Excepcionalmente, para los proyectos que trabajen con las especies en la categoría de del Catálogo Español de Especies Amenazadas dentro del objetivo 2.3 (contribuir a la conservación y restauración de hábitats naturales y especies silvestres), descrito en el siguiente apartado, la cofinanciación máxima será del 85% y del 65% para entidades del sector público.

En caso de que el beneficiario lo requiera, podrá solicitar un anticipo que no superará el 40,00% de la ayuda concedida.