Cabildo Insular de Tenerife
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES CON DESTINO A LA MEJORA DE LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS TÚNIDOS CAPTURADOS POR EMBARCACIONES CON PUERTO BASE EN CANARIAS, EJERCICIO 2022
OBJETIVO:
subvenciones para la mejora de la comercialización de
los túnidos capturados por embarcaciones con puerto base en Canarias, y cuyo destino será la adquisición de
recipientes para el transporte de túnidos.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán solicitar la subvención las personas jurídicas que reúnan los siguientes requisitos:
Tener su domicilio social en la isla de Tenerife.
Haber obtenido la preceptiva autorización administrativa de apertura y funcionamiento de las lonjas y
establecimientos para la primera venta de los productos pesqueros, conforme a la normativa aplicable.
Disponer de instalaciones en la isla de Tenerife destinadas a la descarga, preparación, almacenamiento y
empaquetado de túnidos capturados por barcos con puerto base en Canarias.
Haber tramitado el procedimiento de primera venta que legaliza los productos pesqueros desembarcados en
Canarias a un mínimo de 150.000 Kgs de túnidos en el último trimestre de 2021 y primer semestre de 2022.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
-Los recipientes han de ser de material que permita mantener la cadena de frío durante el
transporte del pescado hasta el punto de destino.
- Han de ser aptos para uso alimentario, debiendo haber sido fabricados con materias
primas incluidas en la lista de sustancias permitidas para la fabricación de materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos, según se establece en
el Reglamento UE nº 10/2011, de 14 de enero de 2011.
- Las empresas a las que se les adquieran los recipientes han de estar inscritas en el
Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, conforme a lo dispuesto
en el artículo 2.1 del Real decreto 191/2011, de 18 de febrero.
Serán subvencionables los recipientes para el transporte de túnidos que hayan sido
adquiridos entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022 y junto con la solicitud
deberá aportarse la documentación justificativa de haber realizado la compra del objeto
subvencionable.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 15.000 €, y con carácter
previo a la contracción del compromiso para la entrega del bien, deberán solicitarse tres ofertas de
diferentes proveedores, salvo que por las especiales características de los gastos
subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades suministradoras, en
cuyo caso deberá justificarse debidamente dicha circunstancia.
Quedan excluidos expresamente de ser considerados como gastos subvencionables todo
tipo de impuestos, IGIC incluido.
FINANCIACIÓN:
La cuantía a otorgar a cada
entidad beneficiaria será la resultante de aplicar la fórmula siguiente, siendo la cuantía máxima el 100 % del
gasto considerado como subvencionable.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Será de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia: 20 de diciembre 2022.
sede electrónica
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