Ministerio de Economía y Competitividad
RESOLUCIÓN DE 19 DE SEPTIEMBRE DE 2016, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE CIENCIA E INNOVACIÓN, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LA DISTINCIÓN CIUDAD DE LA CIENCIA Y LA INNOVACIÓN CORRESPONDIENTE AL AÑO 2016.
OBJETIVO:
El objeto de esta Resolución es aprobar la convocatoria de la distinción «Ciudad de la Ciencia y la Innovación», la correspondiente al año 2016, cuya concesión se realiza mediante el régimen de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
En esta convocatoria se concederán hasta un máximo de diez distinciones por cada una de las tres categorías previstas en el artículo 3.1 de la Orden CIN/2502/2010, de 17 de septiembre, en función de la población del municipio:
a) Hasta 20.000 habitantes.
b) De 20.001 a 100.000 habitantes.
c) Más de 100.000 habitantes.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
1. Podrán ser beneficiarios aquellos ayuntamientos que hayan realizado o promovido proyectos de innovación en los términos previstos en el artículo 7 de la Orden CIN/2502/2010, de 17 de septiembre.
2. A efectos de esta convocatoria, se tendrán en cuenta aquellos proyectos de innovación vigentes en el momento de presentar la candidatura y propuestos para el periodo 2017-2019.
se entiende por proyectos de innovación los siguientes:
a) Los destinados a la promoción de la actividad económica, la iniciativa emprendedora
y la innovación, como parques empresariales, parques científicos y tecnológicos, centros
de conocimiento y viveros de empresa, así como su dotación de infraestructuras para el
despliegue y acceso a las redes de telecomunicaciones de nueva generación.
b) Los de creación, equipamiento y desarrollo de infraestructuras de innovación y
desarrollo tecnológico.
c) Los destinados a mejorar el acceso a las redes e infraestructuras de las tecnologías
de la información y de las telecomunicaciones fijas y móviles, y a su utilización.
d) Los destinados a mejorar la economía verde, entendida como patrón de crecimiento
que respete la sostenibilidad ambiental, uso racional de los recursos naturales, eficiencia
energética e incremento del uso de las energías renovables tanto en el patrimonio
municipal, especialmente los edificios, como en los servicios públicos prestados por el
ayuntamiento, con especial atención al transporte colectivo innovador y a nuevas formas
de movilidad.
e) Los destinados a promover la innovación en la economía de la salud y asistencial
(centros de día, asistenciales y de mayores), como mejora de la calidad de vida por parte
de los ciudadanos del municipio.
f) Los destinados a la modernización de la Administración municipal mediante el
establecimiento de procesos de gestión documental, digitalización y acceso a redes de
comunicación de alta velocidad, fijas y móviles.
g) Los centros de cultura y divulgación científica-tecnológica (museos de ciencia o
tecnología, museos de energía, centros de divulgación/interpretación científico técnica...).
h) Las residencias de investigadores y centros de formación.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», 23 de septiembre, a las 00:00 horas (hora peninsular) y finalizará el 8 de noviembre de 2016, a las 15:00 horas (hora peninsular).