Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
RESOLUCIÓN DE 12 DE JUNIO DE 2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE LA JUVENTUD, POR LA QUE SE CONVOCA LAS AYUDAS DEL CERTAMEN NACIONAL DE JÓVENES EMPRENDEDORES
OBJETIVO:
Apoyar a jóvenes que lideran proyectos innovadores y viables, de empresas ya constituidas, con una antigüedad máxima de tres años y mínima de uno en la fecha límite de la presentación de las solicitudes, con independencia del sector en el que se promuevan. Para ello, a los diez primeros seleccionados les será concedida una ayuda económica que les facilite la consolidación del proyecto de empresa promovido por cada uno de ellos.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Jóvenes de nacionalidad española y aquéllos con residencia legal en España, personas físicas o jurídicas.
Cuando se trate de personas físicas éstas deben tener residencia legal y permiso de trabajo en España, y que no superen la edad de 35 años en la fecha límite de la presentación de las solicitudes.
Cuando el proyecto sea realizado por una persona jurídica, la solicitud debe ser presentada por el representante legal de dicha persona jurídica, quien en ningún caso debe superar los 35 años. Asimismo, el capital social debe pertenecer mayoritariamente (51%) a jóvenes que no superen los 35 años.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
El componente de innovación se define a continuación, pudiendo incorporar el proyecto alguno o varios de estos aspectos:
a) Innovación de producto: introducción de un bien, producto o servicio nuevo o con un alto grado de mejora, respecto a sus características o su uso deseado.
b) Innovación de proceso: Implantación de un método de producción o distribución nuevo o con un alto grado de mejora.
c) Innovación de marketing: Implantación de un nuevo método de comercialización que entraña importantes mejoras en el diseño del producto o en su presentación, o en su política de posicionamiento, promoción o precio.
d) Innovación organizacional: Implantación de un nuevo método de organización aplicado a las prácticas de negocio, al lugar de trabajo o las relaciones externas de la empresa.
Los proyectos que cumplan el carácter innovador serán valorados por la Comisión de Evaluación, a través de los siguientes criterios de valoración:
a) El modelo de negocio, sostenibilidad y potencialidad de crecimiento (hasta 10 puntos).
b) Resultados económicos relevantes, tanto los obtenidos hasta el momento como los esperados en los próximos 3 años (hasta 10 puntos).
c) El carácter innovador y original del proyecto y el uso de las nuevas tecnologías (hasta 10 puntos).
d) La creación de empleo (hasta 5 puntos).
e) Prospección, apertura y presencia en mercados internacionales (hasta 5 puntos).
FINANCIACIÓN:
La dotación económica de la ayuda para cada uno de los diez primeros seleccionados es de 20.000 €.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
16 de julio 2020
Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud, así como toda la documentación que se presente al certamen, podrán presentarse en el Registro General del Organismo, calle Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid, en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o a través de la sede electrónica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030: https://sede.mscbs.gob.es/registroElectronico/formularios.htm.
En el caso de personas jurídicas la solicitud podrán presentarla únicamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 (https://sede.mscbs.gob.es/registroElectronico/formularios.htm), de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; en donde está disponible el formulario de solicitud (Anexo II). Cuando se trate de persona física el formulario de solicitud (Anexo I) está disponible en la página web del INJUVE (www.injuve.es) y asimismo en la sede electrónica en el caso de que presente la solicitud ante ésta.