Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
RESOLUCIÓN DE 24 DE FEBRERO DE 2021, DE LA SECRETARÍA DE ESTADO PARA LA UNIÓN EUROPEA, POR LA QUE SE ANUNCIA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CORRESPONDIENTES AL AÑO 2021, PARA LA CELEBRACIÓN DE ACCIONES DE COMUNICACIÓN Y ACTIVIDADES DIVULGATIVAS, SOBRE ASUNTOS RELACIONADOS CON EL ÁMBITO DE SUS COMPETENCIAS
OBJETIVO:
Ayudas o subvenciones destinadas a financiar la celebración de actividades de divulgación y participación sobre la Unión Europea que tengan lugar durante el año 2021, desde el momento en el que se conozca la concesión hasta el 30 de septiembre de 2021, para fomentar el debate sobre el rumbo que debe tomar la Unión Europea en un escenario post-pandemia, contribuyendo a reforzar la aportación española a la Conferencia.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Toda persona física o jurídica, no perteneciente al sector público, legalmente constituida, que acredite que su actividad carece de fines de lucro, el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, que disponga de los medios y capacidad para realizar las actividades y garantizar el cumplimiento de los objetivos y no se encuentre comprendido en ninguno de los supuestos contenidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
celebración de actividades de divulgación, investigación y participación sobre la
Unión Europea que tengan lugar durante el año 2021, desde el momento en el que se conozca
la concesión hasta el 30 de septiembre de 2021.
la finalidad de la actual convocatoria es fomentar el debate sobre el rumbo que
debe tomar la Unión Europea en un escenario post-pandemia, contribuyendo a reforzar la
aportación española a la Conferencia. Este debate deberá gravitar en torno a las prioridades
políticas definidas en la Agenda Estratégica de la Comisión Europea, así como las del
Instrumento Próxima Generación UE.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
COSTES DIRECTOS
1.1.- Personal (dedicado totalmente al proyecto)
1.2.- Servicios técnicos y profesionales
1.3.- Viajes alojamientos y dietas de ponentes/participantes
1.4.- Materiales y suministros
1.5.- Otros (indicar)
2.- COSTES INDIRECTOS (propios del funcionamiento ordinario)
NO SUPERIORES al 10% de los costes directos
FINANCIACIÓN:
El importe máximo de la subvención solicitada no podrá exceder del 15% del gasto total
autorizado para financiar la convocatoria, fijado este año en 279.540,00 €.