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BECAS ÁFRICA

InformaciónTramitaciónNormativa

Cabildo Insular de Tenerife

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS PROFESIONALES NO LABORALES EN EL MARCO DEL PROYECTO “BECAS ÁFRICA"

OBJETIVO:

concesión en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria pública, de AYUDAS para la realización de prácticas profesionales no laborales por titulados/as de Tenerife, que posean alguna de las titulaciones que se recogen en el apartado d) de la Base tercera, titulaciones que se especificarán en las correspondientes convocatorias, a través de una estancia máxima de cinco meses en entidades colaboradoras de países de la costa occidental africana, pudiendo tratarse de entes públicos, empresas privadas y entidades del tercer sector (en adelante, referidas como entidad de acogida), así como la constitución de una bolsa de candidatos/as que cubran eventuales plazas vacantes

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

a)Ser español/la.

b)Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o de los restantes Estados parte del Espacio Económico Europeo.

c)También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de españoles, de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de los restantes Estados parte del Espacio Económico Europeo, siempre que no estén separados/as de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados/as de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

d)Ser nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.

1.2.- Haber cumplido los 18 años en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

1.3.- Tener residencia habitual e ininterrumpida en Tenerife, al menos durante los dos últimos años, tomando como fecha final del cómputo la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Titulación

a) Haber concluido los estudios a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b) Estar en disposición en el momento de presentación de la solicitud de alguna de las Titulaciones seguidamente indicadas. A tales efectos, será la convocatoria la que concrete las titulaciones requeridas, que estarán relacionadas con los perfiles indicados por las entidades de acogida dentro de los niveles y ramas de titulaciones que se detallan:

1.Grados o titulación equivalenteen alguna de las ramas de conocimiento: Ciencias Sociales y Jurídicas; Artes y Humanidades; Ciencias; Ciencias de la Salud; Ingeniería y Arquitectura.

2.Formación Profesional: Ciclos Formativos de grado medio o grado superior.

3.Certificado de profesionalidad en sus distintos niveles

Nivel mínimo A1 delidioma del país de destino, que se especificará en la correspondiente convocatoria. En caso de que el interesado no pueda acreditar dicho nivel de conocimiento, deberá optar por una de las dos opciones siguientes:

a) Asistir a un curso del idioma correspondiente organizado por FIFEDE, que deberá superarse.

b) Superar una prueba de nivel para comprobar el nivel de conocimient

GASTOS SUBVENCIONABLES:

en especie, la cobertura de los gastos seguidamente indicados, que serán gestionados y asumidos por FIFEDE en el marco del proyecto:

1.Billetes de avión (ida y vuelta).

2.Alojamiento en régimen de alquiler en la vivienda concertada a tal efecto por FIFEDE que será de uso compartido con otros/as beneficiarios/as de las ayudas.

3.Seguro de Asistencia en Viaje.

4.Visado, si fuera necesario, y vacunas obligatorias.

En el caso de que el importe de los visados y vacunas obligatorias hubiera sido abonado por la persona beneficiaria, FIFEDE, previo justificante, podrá reembolsar los gastos correspondientes.La cuantía de la ayuda en especie vendrá determinada por los costes que resulten de los conceptos señalados anteriormente, especificándose en la convocatoria correspondiente su importe máximo para su posterior concreción en el anuncio de resolución definitiva. No serán susceptibles de compensación económica para las personas beneficiarias los importes correspondientes a los conceptos que integran la ayuda en especie, sin perjuicio de lo señalado para los visados y vacunas obligatorias.

FINANCIACIÓN:

La ayuda objeto de concesión se diferencia en dos partes. Una que consiste en el abono al beneficiario/a de 500 euros brutos mensuales durante el periodo de duración las prácticas formativas en concepto de dieta para gastos de manutención y compensación por gastos transporte, importe al que se le practicarán los descuentos y retenciones que legalmente procedan y que se abonará a mes vencido

Otra parte se abonará en especie, y consistirá en la cobertura de los gastos seguidamente indicados, que serán gestionados y asumidos por FIFEDE en el marco del proyecto