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BECAS Y AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS, CURSO ACADÉMICO 2017/2018

InformaciónTramitaciónNormativa

Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

BASES REGULADORAS POR LAS QUE SE REGIRÁ LA CONVOCATORIA DE BECAS Y AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2017/2018 Y SE REALIZA LA CONVOCATORIA DE DETERMINADAS BECAS Y AYUDAS.​

OBJETIVO:

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a) Atender las necesidades efectivas del alumnado universitario según las circunstancias socio económicas y académicas de cada momento.

b) Sufragar gastos derivados del transporte, alojamiento, pago de precios públicos, material y libros de quienes deseen realizar o se encuentren realizando estudios universitarios.

c) Promover la complementariedad de estas becas con las ofertadas por la Administración del Estado.

d) Suprimir las restricciones en cuanto a la localización geográfica de los centros en los que los solicitantes cursen estudios, en consonancia con el nuevo marco de movilidad de los estudiantes que caracteriza ya al sistema universitario español, de acuerdo con las exigencias que impone la convergencia hacia el Espacio Europeo de Educación Superior.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

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Alumnos universitarios, con residencia en Canarias, matriculados enseñanzas oficiales de Grado o Máster, en Universidades públicas canarias, en la U.N.E.D., o en universidades públicas del resto del territorio español, siempre que los estudios no puedan cursarse en Canarias.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

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a) Beca de matrícula: todos los solicitantes que cursen estudios universitarios y que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases tendrán derecho a percibir la beca de matrícula.

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La beca de matrícula cubrirá el importe de los créditos universitarios en que el alumno se matricule. No obstante, en los estudios de las ramas de arquitectura e ingeniería la beca de matrícula no cubrirá el importe de los créditos de los que se matriculen por cuarta o sucesivas veces; en las demás titulaciones la beca de matrícula no cubrirá el importe de los créditos universitarios de los que se matriculen por tercera o sucesivas veces.

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No formarán parte de la beca de matrícula aquellos créditos que excedan del mínimo necesario para obtener la titulación de que se trate.

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Las becas de matrícula se abonarán a las universidades públicas canarias, que reintegrarán su importe a los estudiantes cuando ya hubiesen pagado las mismas. Las concedidas a estudiantes de otras universidades públicas serán abonadas al beneficiario por transferencia bancaria.

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b) Cuantía fija ligada a la renta del solicitante.

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c) Cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso.

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Para poder solicitar la beca de residencia será necesario que la persona solicitante tenga que residir fuera del domicilio familiar durante el curso, y que viva a una distancia superior a 40 kilómetros del centro universitario, o que por razón de los medios de transporte existentes, así como por la imposibilidad de contar con otros horarios lectivos, no resulte compatible la permanencia en el hogar familiar con el adecuado aprovechamiento de los estudios. Los solicitantes podrán ser requeridos en cualquier momento para que acrediten su efectiva residencia fuera del hogar familiar y que la propiedad del inmueble no sea de algún miembro de la unidad familiar. Su concesión está limitada a los estudiantes que cursen estudios presenciales.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

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Gastos derivados del transporte, alojamiento, pago de precios públicos, material y libros.

FINANCIACIÓN:

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Cuantía fija ligada a la renta del solicitante: 1.500 euros.

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Cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso: 1.500 euros.

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Cuantías adicionales por transporte marítimo o aéreo:

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Las cuantías de las becas y ayudas al estudio establecidas en los apartados anteriores se incrementarán en las siguientes cuantías:

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a) Las personas beneficiarias de becas y ayudas al estudio que se vean en la necesidad de utilizar transporte marítimo o aéreo para acceder al centro en el que cursen sus estudios desde su domicilio, dispondrán de 442 euros más sobre la cuantía de las becas y ayudas al estudio que les hayan correspondido.

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b) Esta cantidad adicional será de 623 euros para los becarios con domicilio familiar en las islas de Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro y La Palma.

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c) Para los estudiantes que cursen sus estudios en la Península, las cantidades a que se refieren los párrafos a) y b) anteriores serán de 888 y 937 euros, respectivamente. Cuantía adicional por diversidad funcional con determinados grados reconocidos.

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La cuantía de la ayuda será conforme a la siguiente distribución:

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a) Grado de discapacidad superior o igual al 33 por 100 e inferior o igual al 49 por 100: 600 euros.

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b) Grado de discapacidad superior o igual al 50 por 100 e inferior o igual al 65 por 100: 900 euros

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c) Grado de discapacidad superior al 65 por 100: 1.500 euros.