Cabildo Insular de Tenerife
BASES DE LAS SUBVENCIONES DIRECTAS POR RAZONES HUMANITARIAS A FAVOR DE LOS AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA DE TENERIFE O SUS ENTIDADES PÚBLICAS DEPENDIENTES (2021)
OBJETIVO:
Con la aprobación de las presentes Bases Reguladoras,
el Cabildo Insular de Tenerife establece las normas
para la concesión directa de subvenciones a favor de
los ayuntamientos de la isla de Tenerife o sus entidades
públicas dependientes para dar cobertura a las
necesidades de la población especialmente vulnerable
como consecuencia de la crisis sanitaria, económica
y social derivada de la pandemia mundial Covid-19
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Ayuntamientos de la isla de Tenerife o
sus entidades públicas dependientes
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
El objeto de las subvenciones será atendido a través
de dos líneas:
LÍNEA 1: SUBVENCIONES PARA PALIAR
SITUACIONES DE NECESIDAD EN LA
POBLACIÓN GENERAL.
Dirigida a la población en general y a colectivos
especialmente vulnerables, para paliar las situaciones
de necesidad detectadas y que faciliten a las personas
y familias una mejora de su situación de vulnerabilidad
social, incluyendo colectivos de especial necesidad
como colectivos sin hogar, inmigrantes sin posibilidad
de acceso a recursos, familias con hijos e hijas a
cargo, así como cualquier otro que presente especial
vulnerabilidad.
- Plazo de ejecución: del 31 de mayo de 2021 hasta
el 31 de mayo de 2023.
LÍNEA 2: SUBVENCIONES PARA PALIAR EL
AISLAMIENTO SOCIAL Y SOLEDAD DE LAS
PERSONAS MAYORES A TRAVÉS DE
ACTIVIDADES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE.
- Dirigida al colectivo de personas mayores
- Plazo de ejecución: del 1 de junio de 2021 hasta
el 31 de diciembre de 2021.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
LÍNEA 1: SUBVENCIONES PARA PALIAR
SITUACIONES DE NECESIDAD EN LA
POBLACIÓN GENERAL.
Esta línea va dirigida a sufragar gastos de alimentación,
higiene personal, material de autoprotección, ropa y
calzado, farmacia, productos de higiene del hogar,
utensilios domésticos y mobiliario básico e indispensable
para el hogar, así como cualquier otro gasto que deba
atenderse por parte del destinatario final cuando,
conforme a lo informado por el personal de los
servicios sociales del Ayuntamiento o certificado por
el personal competente, y por los motivos expuestos
de alimentación, salud o vivienda o por cualquier
otro motivo, requiera de su pago para evitar situaciones
de urgencia social, riesgo o exclusión social, y pueda
sufragarse el gasto con esta forma de pago.
Gastos de personal. También se podrá atender con
esta ayuda a gastos de personal, para reforzar la
estructura organizativa del ayuntamiento, tanto técnico
como administrativo. El personal contratado deberá
desarrollar funciones específicas de gestión, atención
y valoración de las situaciones de vulnerabilidad
social detectadas en la población del municipio
pudiendo alcanzar un porcentaje máximo de un 20%
del importe de la subvención
LÍNEA 2: SUBVENCIONES PARA PALIAR EL
AISLAMIENTO SOCIAL Y SOLEDAD DE LAS
PERSONAS MAYORES A TRAVÉS DE
ACTIVIDADES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE.
- Las acciones objeto de esta línea de subvención
serán aquellas encaminadas a superar el aislamiento social y la soledad de las personas mayores a través
de actividades individuales y/o colectivas que ayuden
a promover un envejecimiento activo, el bienestar
social y la mejora de la salud física, mental y emocional.
FINANCIACIÓN:
LÍNEA 1: SUBVENCIONES PARA PALIAR
SITUACIONES DE NECESIDAD EN LA
POBLACIÓN GENERAL.
- Se contemplan dos modos de implementar la
ayuda:
A. Ayudas a través de tarjetas sociales pre-pago y
sus recargas o reposiciones económicas, dotada con
tres millones (3.000.000,00) de euros. De ese importe
un millón (1.000.000,00) de euros, se destinarán a tarjetas
nuevas, y el resto, es decir, los otros dos millones
(2.000.000,00) de euros, para sus recargas o para
recargas de cualquier otra tarjeta de la que dispusiera
previamente el ayuntamiento. Por tanto, la cuantía
asignada a las personas o familias beneficiarias deberá
ser entregada a través de tarjetas prepago, es decir, a
través de tarjetas por un valor económico determinado,
con la finalidad de que sean las propias familias las que adquieran los productos que necesiten, quedando,
por tanto, excluida la entrega directa de cualquier
material
B. Ayudas económicas directas, en modo distinto
al anterior: dotada con tres millones seiscientos trece
mil (3.613.000,00) euros.
Como alternativa a la anterior forma de pago, se
contemplan estas ayudas directas para alimentos,
bienes, servicios o cualquier otra prestación de las
descritas en la letra A, siempre que el modo de operar,
es decir, la entrega directa, lo permita.
LÍNEA 2: SUBVENCIONES PARA PALIAR EL
AISLAMIENTO SOCIAL Y SOLEDAD DE LAS
PERSONAS MAYORES A TRAVÉS DE
ACTIVIDADES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE.
El crédito previsto para cada línea de subvención
será repartido entre todos los ayuntamientos de la isla
de Tenerife que presenten solicitud de subvención y
cumplan con lo previsto en las presentes Bases
Reguladoras, de acuerdo con los siguientes criterios
de reparto.
Criterios para la Línea 1. SUBVENCIONES PARA
PALIAR SITUACIONES DE NECESIDAD EN LA
POBLACIÓN GENERAL:
1. Municipal lineal: 20% (para todos los municipios).
2. Demográfico: 30% (datos del Padrón 2019).
3. Socioeconómico: 50% (distribución por municipios
del total de personas desempleadas).
Criterios para la Línea 2. SUBVENCIONES PARA
PALIAR EL AISLAMIENTO SOCIAL DE LAS
PERSONAS MAYORES A TRAVÉS DE
ACTIVIDADES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE:
1. Municipal Lineal: 20% (para todos los municipios).
2. Demográfico: 50% (datos del Padrón 2019)
3. Socioeconómico: 30%. (distribución por municipios
del total de personas desempleadas).
Concretamente, en relación a la línea 2 se ajustará
al siguiente detalle:
Criterio demográfico: Fuente de obtención de datos
demográficos: Istac 1-1-2020
• Subcriterio. Población entre 65-79 años (30%). Para
calcular el reparto se utiliza: el «% de población entre 65-79 años» que cada municipio tiene en comparación
con el total de población «entre 65 y 79 años» que
hay en la Isla.
• Subcriterio. población de 80 años y más (20%).
Para calcular el reparto se utiliza: el «% de población
igual y mayor de 80 años», que cada municipio tiene
en comparación con el total de población «igual o mayor
de 80 años» que hay en la Isla.
Criterio Socioeconómico: Fuente de obtención de
datos socioeconómicos: OBECAN abril 2021.