Ministerio de Cultura y Deportes
RESOLUCIÓN DE 30 DE JULIO DE 2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES, POR LA QUE SE ESTABLECE LAS CONDICIONES Y SE CONVOCAN LAS AYUDAS DE CONCESIÓN DIRECTA PARA TITULARES DE SALAS DE EXHIBICIÓN CINEMATOGRÁFICA DESTINADAS A SUFRAGAR GASTOS REALIZADOS EN EL AÑO 2020 DERIVADOS DE LA CRISIS DE LA COVID-19
OBJETIVO:
Convocar para el año 2020, mediante régimen de concesión directa, ayudas para titulares de salas de exhibición cinematográfica destinadas a sufragar gastos realizados en el año 2020 que sean consecuencia de las medidas sanitarias de prevención adoptadas, así como los destinados a favorecer la visibilidad de la reapertura de los cines.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Las personas físicas o jurídicas titulares de salas de exhibición cinematográfica o de complejos cinematográficos, de acuerdo con la definición que de dichos conceptos establecen los incisos l) y m) del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, respectivamente.
Las personas solicitantes deberán estar inscritas en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales con anterioridad a la publicación del extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
FINANCIACIÓN:
La cuantía máxima de la ayuda vendrá dada por el número de pantallas de que disponga cada sala de exhibición cinematográfica, con arreglo a los siguientes criterios:
a) 8.000 euros para salas con una única pantalla.
b) 14.000 euros para complejos cinematográficos con 2 pantallas.
c) 20.000 euros para complejos cinematográficos con 3, 4 ó 5 pantallas.
d) 26.000 euros para complejos cinematográficos con 6, 7 u 8 pantallas.
e) 32.000 euros para complejos cinematográficos con más de 8 pantallas.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
2 de septiembre 2020, finalizando a las 14 horas, hora peninsular, del último día de plazo.