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AYUDAS PARA TITULARES DE SALAS DE EXHIBICIÓN CINEMATOGRÁFICA

InformaciónTramitaciónNormativa

Ministerio de Cultura y Deportes


RESOLUCIÓN DE 30 DE JULIO DE 2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES, POR LA QUE SE ESTABLECE LAS CONDICIONES Y SE CONVOCAN LAS AYUDAS DE CONCESIÓN DIRECTA PARA TITULARES DE SALAS DE EXHIBICIÓN CINEMATOGRÁFICA DESTINADAS A SUFRAGAR GASTOS REALIZADOS EN EL AÑO 2020 DERIVADOS DE LA CRISIS DE LA COVID-19

OBJETIVO:


Convocar para el año 2020, mediante régimen de concesión directa, ayudas para titulares de salas de exhibición cinematográfica destinadas a sufragar gastos realizados en el año 2020 que sean consecuencia de las medidas sanitarias de prevención adoptadas, así como los destinados a favorecer la visibilidad de la reapertura de los cines.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Las personas físicas o jurídicas titulares de salas de exhibición cinematográfica o de complejos cinematográficos, de acuerdo con la definición que de dichos conceptos establecen los incisos l) y m) del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, respectivamente.

Las personas solicitantes deberán estar inscritas en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales con anterioridad a la publicación del extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

FINANCIACIÓN:


La cuantía máxima de la ayuda vendrá dada por el número de pantallas de que disponga cada sala de exhibición cinematográfica, con arreglo a los siguientes criterios:

a) 8.000 euros para salas con una única pantalla.

b) 14.000 euros para complejos cinematográficos con 2 pantallas.

c) 20.000 euros para complejos cinematográficos con 3, 4 ó 5 pantallas.

d) 26.000 euros para complejos cinematográficos con 6, 7 u 8 pantallas.

e) 32.000 euros para complejos cinematográficos con más de 8 pantallas.