Cabildo Insular de Tenerife
BASES REGULADORAS DE LAS “AYUDAS A LA PROMOCIÓN DE LA PRÁCTICA DE LA ROTACIÓN DE CULTIVOS EN LA ISLA DE TENERIFE”
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA PROMOCIÓN DE LA PRÁCTICA DE LA ROTACIÓN DE CULTIVOS EN LA ISLA DE TENERIFE, EJERCICIO 2022
OBJETIVO:
Normas que han de
regir el otorgamiento de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a
los titulares de explotaciones agrarias con objeto de promocionar la práctica de la rotación de cultivos en
Tenerife, bien sea en un sistema de rotación anual papa-cereal, papa-leguminosa o
cereal-leguminosa, o bien como la siembra de cultivos intercalares entre dos
cosechas de papa, a fin de fomentar una práctica agronómica con efectos positivos
sobre el control de plagas y el mantenimiento de la calidad agronómica de los suelos.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en las presentes bases
las personas físicas, personas jurídicas privadas, comunidades de bienes y
explotaciones agrarias de titularidad compartida, que reuniendo los requisitos
establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, sean titulares de explotaciones agrarias situadas a cota superior a los
300 metros sobre el nivel del mar, tengan una superficie mínima de 2.000 metros
cuadrados sembrados por cada solicitud y durante la campaña de la convocatoria
siembren los cultivos que se relacionan en la base primera de las presentes o mezcla
de ellos, debiendo además:
1.- Para rotación de cultivos
1.1.- Cumplir alguna de las siguientes condiciones:
a) Que la parcela a sembrar haya sido objeto de solicitud para la AYUDA A
LOS PRODUCTORES DE PAPA DE MESA en la época de siembra de
media estación, a la Consejería competente en materia de agricultura del
Gobierno de Canarias en la convocatoria correspondiente a la campaña del
ejercicio anterior.
b) Que la parcela a sembrar haya sido objeto de solicitud de la AYUDA A LOS
PRODUCTORES DE DETERMINADOS CULTIVOS FORRAJEROS, a la
Consejería competente en materia de agricultura del Gobierno de Canarias
en la convocatoria correspondiente a la campaña del ejercicio anterior.
c) Que la parcela a sembrar haya obtenido subvención del Excmo. Cabildo
Insular de Tenerife para la AYUDA A LA PROMOCIÓN DE LA PRÁCTICA
DE LA ROTACIÓN DE CULTIVOS EN TENERIFE, en la convocatoria
correspondiente al ejercicio anterior.
1.2.- Mantener en cultivo las parcelas sembradas, que permanecerán
debidamente atendidas, realizando las labores habituales del cultivo hasta la cosecha,
permitiendo el acceso al personal técnico del Cabildo Insular de Tenerife para su
verificación, hasta el 30 de junio de cada ejercicio.
2.- Para cultivos intercalares
2.1.- Cumplir alguna de las siguientes condiciones:
a) Que la parcela a sembrar haya sido objeto de solicitud para la AYUDA A LOS
PRODUCTORES DE PAPA DE MESA, sembradas entre el 15 de julio y el 31 de
diciembre, a la Consejería competente en materia de agricultura del Gobierno de
Canarias en la convocatoria correspondiente a la campaña del ejercicio anterior.
b) Que la parcela a sembrar haya sido objeto de solicitud de la AYUDA A LOS
PRODUCTORES DE DETERMINADOS CULTIVOS FORRAJEROS, a la Consejería
competente en materia de agricultura del Gobierno de Canarias en la convocatoria
correspondiente a la campaña del ejercicio anterior.
c) Que la parcela a sembrar haya obtenido subvención del Excmo. Cabildo Insular de
Tenerife para la AYUDA A LA PROMOCIÓN DE LA PRÁCTICA DE LA ROTACIÓN
DE CULTIVOS EN TENERIFE, en la convocatoria correspondiente al ejercicio
anterior.
FINANCIACIÓN:
Las ayudas se otorgarán en condiciones de igualdad, siempre que el solicitante
cumpla con los requisitos exigidos en las bases primera y segunda de las presentes.
La cuantía de las ayudas será de mil euros (1.000,00 €) por hectárea
efectivamente sembrada o parte proporcional que corresponda.
En cualquier caso, la cuantía máxima de subvención a percibir por beneficiario
se establece en la cantidad de tres mil euros (3.000,00 €).
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El modelo de solicitud y las bases se encuentran a disposición de los
interesados en la sede electrónica del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife
(https://sede.tenerife.es/).
El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes contado a partir del
día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia: 27 de mayo 2022.