Ministerio de Cultura y Deportes
RESOLUCIÓN DE 3 DE AGOSTO DE 2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2020 AYUDAS A LA PRODUCCIÓN DE CORTOMETRAJES REALIZADOS
OBJETIVO:
Ayudas para la producción de cortometrajes realizados.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Empresas productoras independientes. Cuando se trate de cortometrajes realizados por varias empresas productoras, éstas constituirán la agrupación a que se refiere el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Podrán optar a estas ayudas los cortometrajes que en la fecha de finalización de la
presentación de solicitudes a la presente convocatoria tengan resolución de reconocimiento
del coste o indicación de que la documentación para su obtención ha sido presentada en el
Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y que hayan sido calificados para
su exhibición pública entre el 31 de mayo de 2019 y el 30 de julio de 2020, inclusive.
FINANCIACIÓN:
cuantía máxima de la ayuda será de 70.000 euros, y podrá alcanzar el porcentaje del
coste reconocido por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales
correspondiente a la intensidad máxima que resulte de aplicación según el artículo 21 del
Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre, y el artículo 36.1 de la Ley 27/2014, de 27 de
noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
2. Dicha ayuda es compatible con la ayuda a cortometraje sobre proyecto, sin que la suma
de ambas ayudas pueda superar el límite máximo de 70.000 euros por película beneficiaria.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
2 de septiembre 2020, finalizando a las 14:00
horas, hora peninsular, del último día del plazo
La solicitud y los modelos normalizados que forman parte integrante de la misma se
presentarán obligatoriamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura y
Deporte, conforme a los requisitos que lo rigen (https://cultura.sede.gob.es/).