Cabildo Insular de Tenerife
BASES REGULADORAS QUE HAN DE REGIR EN EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA DOTACIÓN DE MATERIAL PARA CENTROS Y SERVICIOS DE DÍA DE ATENCIÓN A MENORES DE TITULARIDAD MUNICIPAL EN LA ISLA (AYUNTAMIENTOS O SUS ORGANISMOS PÚBLICOS DEPENDIENTES) PARA EL EJERCICIO 2022
OBJETIVO:
dotación de material de los Centros y Servicios de Día de Atención a Menores
de titularidad municipal de la isla para el ejercicio 2022 (Ayuntamientos o sus
organismos públicos dependientes)
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
los
Ayuntamientos de la isla de Tenerife o sus Organismos públicos dependientes
Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria las solicitudes de los
municipios que cuenten en su término municipal con Centros o Servicios de Día, de
titularidad pública o privada, que sean objeto de Subvención análoga a la de la
presente convocatoria, equipamiento o mantenimiento de Centros o Servicios de Día,
para el ejercicio presupuestario del 2022.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
1. Atender a menores durante algún período del día, fuera del horario escolar,
asegurándoles la educación, alimentación y la debida atención, cuando por
circunstancias personales, familiares o de su entorno social no pueden ser atendidos
adecuadamente en su núcleo familiar.
2. Ofrecer apoyo a las unidades familiares que, por las mencionadas
circunstancias, necesitan durante algún período del día ser auxiliadas en sus tareas
parentales de protección y educación, a fin de que puedan afrontar el cuidado de sus
hijos en condiciones de normalización social.
3. Contar con los requisitos de capacidad, servicios y personal establecidos
normativamente, así como los instrumentos de organización y funcionamiento
preceptivos.
4. Contar con la preceptiva Autorización de entrada en funcionamiento de acuerdo
a las prescripciones contenidas en la normativa vigente, o haberla solicitado
previamente a la publicación de las presentes bases.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
gastos destinados a la compra de
material y equipamiento inventariable y fungible de carácter educativo (materiales
didácticos, libros, juguetes, etc.) necesario para la prestación de servicios asistenciales
y socioeducativos de su ámbito de actuación y previstos en su Proyecto
Socioeducativo, por ejemplo:
a) Mobiliario, enseres y maquinaria (incluidos los necesarios para prestación de
servicios de manutención e higiene, si estuviera previsto en el servicio).
b) Material relacionado con las Tecnologías de la Información y la Comunicación,
audiovisual y otros dispositivos digitales.
c) Materiales de carácter educativo o formativo: didácticos, programas de
intervención, etc.
d) Material destinado a actividades formativas y otros talleres complementarios.
e) Material destinado a la realización de actividades culturales, de ocio y tiempo
libre.
f) Otros de naturaleza análoga relacionados con los servicios que le son propios.
FINANCIACIÓN:
El importe de la subvención se fijará de la siguiente forma:
1.- Se sumarán cada una de las puntuaciones obtenidas por cada solicitante,
siendo necesario obtener una puntuación igual o superior a 50 puntos, conforme los
criterios de valoración establecidos en la tabla anterior: Puntuación solicitante[Ps]
2.- Se sumaran las puntuaciones de todos los solicitantes con más de 50 puntos
obteniendo el Sumatorio global [Sg]
3- El importe de la convocatoria [IC] se dividirá entre el Sumatorio global [Sg],
lográndose así el valor del punto [VP].
4- El valor del punto [VP] se multiplicará por el Puntuación solicitante[Ps] de
cada uno de los solicitantes con más de 50 puntos, obteniéndose así el importe de
subvención [IS] que correspondería a cada uno de ellos.
Los fondos destinados a esta convocatoria, cuya cuantía asciende a 135.000
€, se repartirán en base al orden establecido por la puntuación obtenida en la
valoración de las solicitudes, y conforme a las presentes Bases, debiendo obtener
para ello una puntuación igual o superior a 50.