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APOYO A ACTIVIDADES EN MATERIA DE EMPLEO

InformaciónTramitaciónNormativa

Cabildo Insular de Tenerife

EXTRACTO DEL ACUERDO DE 5 DE ABRIL DE 2016, DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR, POR EL QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA EL APOYO A ACTIVIDADES EN MATERIA DE EMPLEO REALIZADAS POR ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2016. ​

OBJETIVO:

Financiar la puesta en marcha y el desarrollo de proyectos de empleo para Entidades que actúen en el ámbito del empleo, con proyectos encaminados a favorecer la inserción de personas desempleadas en el mercado laboral, mediante el desarrollo de itinerarios personalizados que incluyan acciones de información, orientación, asesoramiento, formación e inserción, aspectos que deberán estar todos presentes en el desarrollo de los mismos.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

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Organizaciones Sindicales.

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Organizaciones No Gubernamentales.

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Asociaciones y Fundaciones.

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Si bien deberán cumplir los siguientes requisitos:

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En el caso de los Sindicatos:

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Tratarse de organizaciones sindicales con representación en el territorio insular.

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Estar legalmente constituidos y sus estatutos debidamente registrados en la oficina pública correspondiente.

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En el caso de las Organizaciones No Gubernamentales y de las Asociaciones y Fundaciones:

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Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial de la isla de Tenerife.

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Estar legalmente constituidas y sus estatutos debidamente registrados en los registros correspondientes.

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Que en su objeto fundacional se determine como actividad principal, la promoción sociolaboral, el impulso a la creación de empresas y/o la atención a colectivos con dificultades de inserción o permanencia en el mercado laboral.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

proyectos encaminados a favorecer la inserción de personas desempleadas en el mercado laboral, mediante el desarrollo de itinerarios personalizados que incluyan acciones de información, orientación, asesoramiento, formación e inserción, aspectos que deberán estar todos presentes en el desarrollo de los mismos.

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La población a la que se dirijan estos proyectos serán personas desempleadas, preferentemente, de los siguientes colectivos: Personas pertenecientes a los colectivos siguientes: Demandantes de primer empleo. Personas que hayan estado durante un periodo superior a dos años desempleadas. Demandantes de empleo que en los últimos dos años hayan estado desempleadas un máximo de 6 meses de forma discontinua. Mayores de 45 años.

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Personas pertenecientes a alguno de los colectivos siguientes:

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Perceptores de rentas mínimas de inserción.

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Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de instituciones de protección de menores.

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Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo que se encuentren en procesos de rehabilitación o reinserción social.

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Internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo, así como liberados condicionales y ex reclusos.

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Menores internos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2002, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un empleo, así como los que se encuentran en situación de libertad vigilada y los ex internos.

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Personas con algún tipo de discapacidad.

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Mujeres víctimas de violencia de género.

FINANCIACIÓN:

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El importe de las subvenciones a conceder será del 100% del gasto considerado como subvencionable, de acuerdo con lo establecido en la Base 1ª, con el límite máximo de 25.000,00 euros