Cabildo Insular de Tenerife
EXTRACTO DEL ACUERDO DE 5 DE ABRIL DE 2016, DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR, POR EL QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA EL APOYO A ACTIVIDADES EN MATERIA DE EMPLEO REALIZADAS POR ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2016.
OBJETIVO:
Financiar la puesta en marcha y el desarrollo de
proyectos de empleo para Entidades que actúen en
el ámbito del empleo, con proyectos encaminados
a favorecer la inserción de personas desempleadas
en el mercado laboral, mediante el desarrollo de
itinerarios personalizados que incluyan acciones de
información, orientación, asesoramiento, formación e
inserción, aspectos que deberán estar todos presentes
en el desarrollo de los mismos.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Organizaciones Sindicales.
Organizaciones No Gubernamentales.
Asociaciones y Fundaciones.
Si bien deberán cumplir los siguientes requisitos:
En el caso de los Sindicatos:
Tratarse de organizaciones sindicales con representación
en el territorio insular.
Estar legalmente constituidos y sus estatutos debidamente
registrados en la oficina pública correspondiente.
En el caso de las Organizaciones No Gubernamentales
y de las Asociaciones y Fundaciones:
Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial
de la isla de Tenerife.
Estar legalmente constituidas y sus estatutos debidamente
registrados en los registros correspondientes.
Que en su objeto fundacional se determine como
actividad principal, la promoción sociolaboral, el
impulso a la creación de empresas y/o la atención a
colectivos con dificultades de inserción o permanencia
en el mercado laboral.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
proyectos encaminados
a favorecer la inserción de personas desempleadas
en el mercado laboral, mediante el desarrollo de
itinerarios personalizados que incluyan acciones de
información, orientación, asesoramiento, formación e
inserción, aspectos que deberán estar todos presentes
en el desarrollo de los mismos.
La población a la que se dirijan estos proyectos
serán personas desempleadas, preferentemente, de
los siguientes colectivos:
Personas pertenecientes a los colectivos siguientes:
Demandantes de primer empleo.
Personas que hayan estado durante un periodo
superior a dos años desempleadas.
Demandantes de empleo que en los últimos dos
años hayan estado desempleadas un máximo de 6
meses de forma discontinua.
Mayores de 45 años.
Personas pertenecientes a alguno de los colectivos
siguientes:
Perceptores de rentas mínimas de inserción.
Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de
treinta, procedentes de instituciones de protección
de menores.
Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo
que se encuentren en procesos de rehabilitación
o reinserción social.
Internos de centros penitenciarios cuya situación
penitenciaria les permita acceder a un empleo, así
como liberados condicionales y ex reclusos.
Menores internos incluidos en el ámbito de aplicación
de la Ley Orgánica 5/2002, de 12 de enero,
reguladora de la responsabilidad penal de los menores,
cuya situación les permita acceder a un empleo, así
como los que se encuentran en situación de libertad
vigilada y los ex internos.
Personas con algún tipo de discapacidad.
Mujeres víctimas de violencia de género.
FINANCIACIÓN:
El importe de las subvenciones a conceder será
del 100% del gasto considerado como subvencionable,
de acuerdo con lo establecido en la Base 1ª,
con el límite máximo de 25.000,00 euros