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ALFABETIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA 2020

InformaciónTramitaciónNormativa

Comisión Europea

CONVOCATORIA DE PROPUESTAS DEL SUBPROGRAMA MEDIA 2019 - APOYO A LA ALFABETIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA 2020

OBJETIVO:

actividades destinadas a promover la alfabetización cinematográfica y a aumentar el conocimiento del público y el interés por las obras audiovisuales europeas, incluido el patrimonio audiovisual y cinematográfico, en particular entre el público joven

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

El solicitante debe ser un consorcio (líder del proyecto y al menos 2 socios) de entidades (empresas privadas, organizaciones sin fines de lucro, asociaciones, organizaciones benéficas, fundaciones, municipios / ayuntamientos, etc.) establecidas en uno de los países que participan en MEDIA Subprograma y propiedad directa o mayoritaria de ciudadanos de dichos países.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

Proyectos que proporcionan mecanismos para una mejor cooperación entre las iniciativas de educación cinematográfica en Europa con el objetivo de mejorar la eficiencia y la dimensión europea de estas iniciativas y desarrollar proyectos nuevos e innovadores, especialmente utilizando herramientas digitales.

El público objetivo de las iniciativas de educación cinematográfica deben ser jóvenes menores de 19 años. Los proyectos que proporcionan mecanismos para aumentar la contribución de las películas europeas y las obras audiovisuales a la educación, incluidos los catálogos curados de películas, hacen para la educación. El proyecto debe basarse en una proporción significativa (al menos el 50%) de películas europeas.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

Costes directos

los costos del personal que trabaja bajo un contrato de trabajo con el beneficiario o un acto de designación equivalente y asignado a la acción, siempre que estos costos estén en línea con la política habitual de remuneración del beneficiario.

costos de viaje y subsidios de subsistencia relacionados, siempre que estén en línea con las prácticas habituales de viaje del beneficiario;

Los costos de depreciación de equipos u otros activos (nuevos o de segunda mano) como se registran en el estado contable del beneficiario

costos de consumibles y costos de suministros que surgen directamente de los requisitos impuestos por el Acuerdo

Costos derivados de costos de subcontratos de apoyo financiero a terceros, impuestos y cargos pagados por el beneficiario, en particular el impuesto al valor agregado (IVA), siempre que estén incluidos en los costos directos elegibles, y a menos que se especifique lo contrario en el acuerdo / decisión de subvención.

Costes indirectos

Una cantidad a tanto alzado del 7% del total de los costos directos elegibles de la acción es elegible como costos indirectos, lo que representa los costos administrativos generales del beneficiario que pueden considerarse imputables a la acción.

FINANCIACIÓN:

La contribución financiera de la Unión no puede superar el 70% de los costes totales subvencionables de la acción. La subvención mínima solicitada por la UE será de 200 000 EUR.