Consejería de Empleo, Industria y Comercio
Bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones para la
aplicación de medidas de ahorro energético y la realización de
auditorías energéticas en instalaciones municipales.
OBJETIVO:
Promoción del desarrollo sostenible de la Comunidad Autónoma procurando
la consolidación de una economía competitiva y de pleno empleo que,
siendo respetuosa con el medio ambiente y los valores naturales del
territorio insular, permita aumentar la cohesión social y territorial
del archipiélago, la calidad de vida de sus ciudadanos y la convergencia
real con la Unión Europea.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Ayuntamientos de esta Comunidad Autónoma de Canarias.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
A) Obras
de mejora o sustitución de equipos en el alumbrado público de los
municipios que fomenten el ahorro energético, mediante la utilización de
sistemas que proporcionen una mayor eficiencia técnica y energética.
Las actuaciones energéticas podrán ser, con carácter orientativo y no
limitativo las siguientes:
-
Sustitución de lámparas de vapor de mercurio y equipo auxiliar por vapor
de sodio alta presión con su respectivo equipo auxiliar.
- Sustitución de luminarias por otras luminarias con mayor rendimiento y lámpara de menor potencia.
-
Instalación de sistemas de regulación del nivel luminoso que permitan
reducir los niveles de iluminación en las vías públicas cuando se reduce
la actividad de las mismas.
- Instalación de sistemas de encendido/apagado mediante reloj astronómico.
- Sistemas de Gestión y Centralización.
B) Auditorías energéticas en instalaciones o edificios dependientes o propiedad de las corporaciones locales canarias.
C)
Proyectos Singulares, considerando como tal aquellos proyectos de ahorro
y eficiencia energética que sean extrapolables a otros municipios en
ejercicios posteriores, una vez evaluados los resultados, y que
contemplen lo siguiente:
- Utilización de tecnologías punteras en ahorro y eficiencia energética (LED, etc.).
- Implantación de sistemas de control que permitan un seguimiento del comportamiento de las instalaciones.
- Modificación de instalaciones de alumbrado exterior.
- Modificación de instalaciones de alumbrado interior.
- Inclusión de criterios de eficiencia energética en otras instalaciones consumidoras municipales (Desaladoras, EDAR, etc.).
- Implantación de medidas de ahorro y eficiencia energética en el transporte
FINANCIACIÓN:
Para
obras de ahorro energético en alumbrados públicos, el porcentaje de
subvención será del 60% respecto a la inversión elegible, con un máximo
de 50.000 euros, entendiendo como inversión elegible aquella parte de la
inversión que sea necesaria para conseguir el ahorro energético
deseado. Podrá incluirse, en caso necesario la dirección de obra y el
coste de redacción del proyecto.
En el caso de auditorías energéticas, se subvencionará el 50% del coste del estudio, con un máximo de 25.000 euros.
Finalmente,
en el caso de subvenciones a proyectos singulares, la subvención podrá
alcanzar el 70% de su coste, con un máximo de 100.000 euros.
Se
establece un límite de subvención para cada Ayuntamiento en función de
escala referida a la población de derecho del municipio contabilizada en
el último padrón (ver anexo)